A raíz del castigo a dos compañías por cobrar seguros
Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) dice en qué fijarse.
La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) estableció que las compañías de distribución eléctrica Enel y CGE incluyeron en la cuenta de la luz el cobro de seguros de vida o de asistencia médica a miles de clientes de la Región Metropolitana, por lo que la institución decidió sancionar a las empresas con multas de 40.000 y 60.000 Unidades Tributarias Mensuales debido a que las compañías que suministran electricidad en Chile tienen prohibido cobrar cualquier tipo de seguro porque su giro comercial les permite exclusivamente distribuir energía.
Cómo leer la cuenta
«Es importante revisar en detalle la página dos de la boleta, a la izquierda, donde aparecen los cobros que se les hacen a todos los clientes. Esos cobros son la administración del servicio o cargo fijo; electricidad consumida, que es la energía que el grupo familiar registró en el medidor; y el transporte de electricidad, que es el costo de llevar la energía desde las generadoras hasta su casa», asegura la SEC, institución encargada de vigilar, fiscalizar y sancionar a las compañías de distribución eléctrica.
En esa misma página, explica la SEC, aparecen los ítems de convenios que pueden ser cuotas de acuerdos de reparación de deudas; subsidios entregados por el Estado, que se reflejan como un descuento; y las cuotas por deuda pandemia, que es el monto adeudado que la empresa de distribución no cobró en ese periodo. «Esto siempre y cuando su familia se haya acogido a ese beneficio y haya dejado de pagar su cuenta en dicha época», aclara la institución.
Otro cargo que puede aparecer es el Consumo No Registrado (CNR), cobro que se realiza cuando la empresa exige el pago de consumos, que por diversos motivos no fueron registrados por el medidor, y calcula en base al promedio de consumo del cliente.
Cómo reclamar
«En caso de tener dudas con los cobros de sus boletas, lo primero que debe hacer el usuario o usuaria es acudir a la empresa que le entrega la energía para preguntar por el origen de los cobros en cuestión. Las compañías deben disponer, por normativa, de una cantidad suficiente de canales para reportar reclamos o dudas de sus clientes. Pueden ser oficinas presenciales, páginas web o redes sociales, entre otros», detalla la SEC.
En forma paralela, menciona la institución, los clientes pueden recurrir a la SEC para solicitar que le aclaren dudas de forma presencian en las oficinas de todas las capitales regionales, por la página web, al teléfono al 600600073 o por videollamadas.
Devolución de dinero
Para que un cobro sea calificado como indebido, explica la SEC, primero la institución tiene que realizar una investigación. En caso de existir ese cobro indebido, el reembolso se hace a través de las boletas del cliente afectado y aparecerá como descuento al igual que las compensaciones por la energía no suministrada. Esos descuentos, detalla la SEC, aparecen en la página dos de la boleta, a la izquierda. «Es importante aclarar que la SEC solo cuenta con facultades para ordenar la devolución de cobros cuando se comprueba que no se ha cumplido con la normativa eléctrica. A quienes les cobraron seguros no contratados deben solicitar la devolución de los montos al Sernac o a los tribunales de justicia», aseguro.