Entre sus antecedentes había un delito que no cometió
Imputada por dos robos dijo que se llamaba de otra manera y, mientras cumplía prisión preventiva, una gendarme que la conocía la echó al agua.
No estaban tan acreditados los «hechos acreditados» que describe el acta del juicio abreviado que se desarrolló el 27 de mayo del 2022 en el Juzgado de Garantía de Parral: «A eso de las 13.50 horas aproximadamente, la imputada Patricia Angélica Pardo Virquilao concurrió hasta la tienda comercial «MABECHIC», ubicada en calle Dieciocho a la altura del número 477, comuna de Parral, donde una vez en su interior, premunida de un arma que aparentaba ser de fuego, procedió a apuntar con ella a la dueña de la tienda». Este robo con intimidación ocurrió el 24 de febrero de ese año y, según el acta, la imputada se apoderó de $15.000.
La condena fue de tres años y un día de cárcel, que fueron reemplazados por libertad vigilada intensiva por ese mismo período. No sólo eso. También se aplicó la «inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena».
El 7 de julio del 2022, la misma mujer y un cómplice fueron formalizados por el robo de un local comercial ocurrido el día anterior. El acta de la audiencia de este caso detalla, con nombre y apellido, que ambos robaron sacos de fierro, un televisor y una radio, todo avaluado en $80.000. El juez ordenó la prisión preventiva de la mujer y luego fue condenada en el juicio. La sentencia debía conocerse el 20 de junio del 2023.
El error
El 27 de febrero del 2024, Héctor de La Fuente Bastías, fiscal regional subrogante del Maule, presentó un recurso de revisión ante la Corte Suprema, debido a un terrible error. La mujer no era quien decía ser. El documento de la Fiscalía cuenta que luego del primer robo «fue detenida en flagrancia por un delito de robo con intimidación una persona de sexo femenino que se identificó ante los Carabineros, ante la Fiscalía, ante el Tribunal y todos los intervinientes como Patricia Angélica Pardo Virquilao, otorgando su supuesta cédula de identidad». Agrega que no se le pudieron tomar las huellas dactilares «por presentarlas dañadas por consumo de drogas».
Cuando fue detenida la segunda vez, también entregó la misma identidad y cuenta el recurso que mientras estaba en prisión preventiva, en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Cauquenes, una gendarme la reconoció y aseguró que no se llama como decía. Entonces la imputada contó la verdad: había ocupado la identidad de una prima. El nombre real de la mujer que esperaba condena es Macarena Angélica Virquilao Carvacho. La PDI pudo tomarle las huellas dactilares y confirmó la confesión.
La semana pasada, la Corte Suprema resolvió definitivamente el error. «Este tribunal ha llegado a la convicción de que no le ha cabido a Patricia Angélica Pardo Virquilao intervención culpable en el ilícito que le fue imputado», dice un fallo de la semana pasada. Ordena además enviar copia de este fallo al Registro Civil e Identificación, al Registro Electoral y a la Contraloría General de la República, para que eliminen la «anotación prontuarial» de ella. Ese robo con intimidación no figurará en sus antecedentes.
Por dos delitos de usurpación de nombre, el 21 de febrero del 2024, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cauquenes condenó a Macarena Angélica Virquilao Carvacho a dos penas efectivas de 61 días de cárcel y a la suspensión de cargo u oficio público durante esos períodos. Por el segundo caso, que fue considerado como hurto por el tribunal, se le condenó a una multa de 1 Unidad Tributaria Mensual, equivalente a $64.343 en ese momento.