La ley dice que deben esperar hasta cinco años
Según explica el abogado Claudio Pimentel, hay casos donde un juez puede autorizar el trámite de manera anticipada.
Solange Pefferle habla con la voz entera, pero al borde de quebrarse. Ya han pasado más de tres meses desde que su hermano Marcelo fue tragado por el mar en la playa Chépica B de El Tabo, Región de Valparaíso, y aún no hay cuerpo que velar ni certificado que permita cerrar lo que quedó abierto. «Todos los días es un cuchillo que se entierra en el corazón», dice. «Mi mamá le pide a Dios que, por último, le devuelva un huesito».
El 23 de marzo fue la última vez que lo vio. Marcelo había llegado desde San Bernardo para pasar unos días con su familia. Ese domingo salió con su sobrino de 12 años a la playa. Se pusieron sus trajes de agua, jugaron en la arena.
En un momento todo cambió. Cerca de las cinco de la tarde, Marcelo se lanzó al mar para ayudar a una mujer que pedía auxilio. Logró empujarla hasta que una ola la devolviera a la orilla, pero él no volvió.
«Me avisaron a las cinco y media. Cuando llegué, el niño estaba solo, tiritando, envuelto en una manta. Marcelo llevaba como 45 minutos en el agua y ya nadie lo veía. Desde ese momento, todo ha sido dolor y desgaste», recuerda.
Hoy la familia Pefferle busca algo concreto: que un juez autorice anticipadamente la declaración de muerte presunta de Marcelo. Según Solange, no se trata de dejar de buscarlo, sino de poder avanzar en lo mínimo. «Tenemos su finiquito laboral detenido, un crédito parado, un vehículo que no podemos transferir y cuentas que pagar. Mi mamá gastó hasta sus ahorros para su propia sepultura», explica. «Mi hermano era su apoyo económico, su compañero.
Ahora no tenemos ni eso ni certeza legal de nada.
Mis vecinos hicieron rifas para ayudarme a pagar abogados. Yo fui la que llamó a la morgue, al hospital, a la PDI cada semana. No hemos recibido respuestas. Todo está parado. No sabemos qué hacer. Y el tiempo corre», dice Solange. «Lo que más me preocupa es mi mamá. Va a cumplir 80 años. No sé cuánto más pueda resistir con esta pena».
El mar no devolvió el cuerpo. Durante semanas, Solange caminó sola por la costa, revisando entre algas arrastradas por la marea, mirando entre las piedras. «Era terrible. Tocaba cada montón de huiro, cochayuyo, con el estómago apretado, pensando que tal vez ahí estaba él», dice.
¿Qué dice la ley?
La legislación chilena exige un plazo de cinco años sin noticias para declarar la muerte presunta de una persona desaparecida. Pero hay excepciones. Cuando la desaparición ocurre en circunstancias que hacen altamente probable la muerte, como un accidente en el mar, es posible iniciar el trámite a los seis meses.
Según explica el abogado y académico de la Universidad Central Claudio Pimentel, el caso de Marcelo podría acogerse a la figura de comprobación judicial de muerte.
«Es una petición que pueden hacer los herederos ante un juez, siempre que se acredite que la desaparición ocurrió en un contexto que hace lógicamente inevitable la muerte», explica. «Este procedimiento permite registrar el fallecimiento en el Registro Civil y abrir así procesos como herencias, seguros o trámites laborales».
Para avanzar por esta vía, la ley exige tres publicaciones en el Diario Oficial citando al desaparecido, y un mínimo de tres meses desde la última publicación. También se requiere demostrar que se hizo todo lo posible para encontrarlo y que no hay noticias de él.
«El objetivo de estos plazos es proteger al desaparecido. Pero la ley se ha ido flexibilizando, especialmente después de casos como el del accidente del Casa 212 el año 2011 en Juan Fernández. En contextos bien fundamentados, como éste, los jueces están autorizados a aplicar criterios razonables», concluye Pimentel.


