Senado aprobó polémica indicación que castiga a los sostenedores con cárcel

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Autor de la Foto: MOISES MUÑOZ
Título/Pie de foto: Los senadores aprobaron la indicación por 23 votos a favor y 12 en contra.


En votación que puso fin al lucro en todos los colegios que reciben fondos del Estado

«No está clara cuál es la conducta que se va a penar con cárcel», critica el senador UDI Hernán Larraín.

Marta Arriagada/ Patricia Rey

Valparaíso. La segunda jornada de votación del proyecto de ley que busca poner fin al lucro, la selección y el copago en la educación, fue ardua. La Nueva Mayoría y la Alianza debatieron con intensidad durante varias horas, discusión que se prolongó durante toda la jornada. Este miércoles se aprobó terminar con el lucro en todos los colegios que reciban recursos del Estado y sanciones penales para quienes los mal utilicen.

En la sesión de la tarde, los honorables, aprobaron por 23 votos a favor y 12 en contra, aplicar «sanciones administrativas, civiles y penales» para aquellos sostenedores que no cumplan con la ley.

Detalles del texto: el proyecto establece que el administrador o sostenedor de un colegio particular subvencionado o municipalizado, que utilice recursos públicos para una finalidad diferente a los «fines educativos», deberá devolverlos totalmente y reajustados según el IPC, en un plazo acotado. Además deberá pagar una multa equivalente al 50 por ciento de lo sustraído.

La norma además fija que «las infracciones cometidas en el uso de los recursos generarán, además, las responsabilidades civiles y penales que el ordenamiento jurídico dispone».

Esto significaría, en los casos que amerite, cárcel «de 541 días hasta cinco años», según detalló el senador socialista Fulvio Rossi.

Su par de la DC, Ignacio Walker, subrayó que «no estamos creando ningún tipo penal nuevo, eso es un invento de la oposición. Lo que hay es que el desvío de fondos públicos a fines distintos a los educativos, acarrea las responsabilidades penales administrativas en el sentido de reintegro de los recursos o multa, y civiles o penales que contemple el ordenamiento jurídico chileno».

Responsabilidad penal: el senador UDI Hernán Larraín no quedó muy conforme. «La norma que quedó es confusa. Un sostenedor que sustraiga recursos públicos para fines distintos, que no sean de educación, merecerá la sanción administrativa que corresponda y deberá restituir los fondos, sin perjuicio de las demás responsabilidades penales que corresponda aplicárseles. No se ha creado un tipo penal nuevo, se ha mantenido los que existen, como fraude o apropiación indebida. Cualquier persona que se apropie de algo público, comete un delito, es obvio. No está clara cuál es la conducta que se va a penar con cárcel», acota.

Fines educativos: el proyecto especifica cuáles son los»fines educativos» para los que se pueden utilizar los fondos públicos en los colegios. Estos son: pago a personal administrativo, pago a docentes y asistentes de educación, gastos administrativos, costos asociados al funcionamiento del colegio, adquisión de servicios, materiales e insumos, inversión en activos no financieros, gastos asociados a mantención o reparación de muebles e inmuebles, pago de e hipotecas del inmueble, entre otros.»En vez de fiscalizar que funcionen bien las cosas, se pena a quien quiere hacer algo distinto, porque según la ley no se puede hacer algo que no esté en esta lista de supermercado, como yo le digo a la lista que especifica los fines de la educación», criticó el senador UDI Juan Antonio Coloma.

Hernán Herrera, presidente de la Corporación Nacional de Colegios Particulares (Conacep), opina que «el concepto debió ser a la inversa, haber establecido los itemes que se prohíben y dejar en manos del sostenedor la decisión de gestionar e invertir en los otros factores».

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