La sentencia fue dictada por el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago y es inapelable
Se puede descontar de la cuota mensual o anual de televisión o alargar los años de contrato, dice el abogado Javier Lea-Plaza. El conflicto tiene su origen en la suspensión del campeonato durante el estadillo social y la pandemia.
La ANFP tiene un enorme lío de platas que tendrá que zanjar ante su principal socio, Warner, dueña de TNT Sports, y todo porque ambos fueron a resolver sus diferencias económicas ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago. Desde la empresa televisiva estimaron que los partidos que no se jugaron en el 2019 y 2020, producto del estallido social y la pandemia, respectivamente, le significaron una pérdida de $44.750.000.000 y en Quilín que los percances ocasionados por no ir por televisión abierta con un partido de Primera División o no dar todos los partidos de Primera B, entre otros factores, valía una indemnización de $28.100.000.000.
El arbitraje realizado por la Cámara le dio el favor al canal y como es inapelable los responsables del fútbol profesional chileno tienen que pagar $33.000.000.000, una cifra cercana a los US$36.000.000, aunque Warner había pedido cerca de US$52.000.000. «Hay hartos lugares donde meter mano para pagar porque tienen nueve años más de derechos de televisión. Se puede descontar de la cuota mensual o anual de televisión o alargar los años de contrato, aunque todas esas variables van a depender de lo que se acuerde y de seguro ya están negociando una forma de pago. También puede ser la enajenación de sus bienes y hay que ver cuáles tiene actualmente la ANFP. Eso podría ocurrir y se pagan, pero esto es muy improbable», dice Javier Lea-Plaza, abogado experto en derecho deportivo.
Lea-Plaza también explica por qué se llegó a los US$36.000.000 en lugar de los US$52.000.000 que pidió Warner. «Esto se tramita ante un juez árbitro y es porque probablemente por contrato las diferencias se tienen que zanjar por un arbitraje. Durante este juicio hay una demanda y contestación y luego viene el periodo probatorio. Ahí uno debe probar el perjuicio, por ejemplo, un paciente alega contra un doctor que lo dejó lesionado y eso me ocasionó un daño de $100.000.000. Para acreditar esos 100.000.000 hay que acreditar que ganaba una cantidad de plata y la dejé de percibir».
«Eso opera en estos tipos de contrato y lo más probable es que TNT Sports demostró que en los años anteriores ganaba tal cantidad de dinero en los meses en que no hubo fútbol y que una cantidad x de personas dejó de pagar por su canal. Eso demuestra que tuvieron un perjuicio y lo avalúan. Seguro lo demostraron con cifras de suscriptores que perdieron en esos meses que no hubo partidos» , agrega el jurista.
En el torneo 2019 sólo se jugaron hasta dos partidos de la fecha 26 cuando en La Florida un grupo de hinchas de Colo Colo ingresó violentamente a la cancha en el partido que jugaba Unión La Calera ante Deportes Iquique. No se jugó la fecha 25, 27, 28, 29 y 30 quedando 46 partidos pendientes. Y en el 2020 el torneo se dejó de jugar producto de la pandemia el 15 de marzo con tres partidos de la fecha 8 y se reinició el 29 de agosto con la continuación de los partidos pendientes de dicha fecha del torneo.
El arbitraje desfavorable para la ANFP tiene en jaque los directivos y el Consejo de Presidentes deberán resolver cómo hacer caja para pagarle a TNT Sports la enorme indemnización que tendrá que cancelar en carácter de obligatorio y sin derecho a apelación.
«El arbitraje es un mecanismo de resolución de conflictos jurídicos y generalmente se hace en materias comerciales donde un árbitro, elegido por la partes, previo contrato o alguna cláusula arbitral que tenían en el contrato, en este caso la ANFP y Warner. O si no existe aquello las partes pueden haber decidido someter a un arbitraje designado por la Cámara de Comercio o se le solicita a un tribunal el nombramiento de un árbitro», explica Isabel González, Doctora en derecho penal.
Para la directora del magíster de mediación y gestión colaborativa de conflictos de la Universidad Central esto lo hace un abogado especialista en la materia ante quien se presentan las pruebas, peritajes y testigos en un proceso que es largo y de un costo económico alto. «Luego de todo eso el árbitro resuelve con un laudo arbitral que es inapelable. Esta sentencia tiene el valor de una de tribunales de mérito ejecutivo, pero no la ejecuta él sino que los tribunales ordinarios de Chile. Se le cita a cumplimiento y son confidenciales. La discusión no es pública como se ve en los juicios».
«Es inapelable porque el procedimiento está establecido así, como también podrían haber acordado que en caso que el laudo, que es la sentencia arbitral, perjudique o agravie a las partes, se pueda recurrir a la Corte de Apelaciones, pero en este caso no lo dijeron. Ahora TNT Sports puede exigir que se lo paguen ante los tribunales, es un juicio ejecutivo y tiene valor de sentencia, pero podría ser que la partes, para resolver mejor esto, acuerden una forma de pago en cuotas. Eso se puede acordar ante el mismo tribunal ordinario donde se presentó el juicio ejecutivo o afuera presentando una forma de acuerdo con una escritura pública donde se diga que se pagará de una determinada forma», dice la abogada.


