La justicia fijó monto por caso de Puerto de Palos, de Hualpén
El Primer Juzgado Civil de Talcahuano acogió perjuicios por daño emergente, el cual deberá pagar la Municipalidad de Talcahuano: la Dirección de Obras no verificó que se cumpliera la norma antisísmica.
A casi 15 años del terremoto del 2010, la justicia determinó que la Municipalidad de Talcahuano debe pagar, en total, más de 2.500 millones de pesos como indemnización a un grupo de propietarios del Edificio Puerto de Palos, ubicado en Hualpén, el cual colapsó durante la emergencia. Ese día los habitantes del edificio de 10 pisos, tuvieron que abandonar sus hogares ya que la construcción quedó con fallas estructurales y fue declarado inhabitable.
En concreto, el 9 de agosto pasado, el Primer Juzgado Civil de Talcahuano emitió una resolución que fijó los perjuicios del fallo de la Corte Suprema, que en diciembre de 2022 ordenó indemnizar a los 58 propietarios que demandaron al municipio por el colapso de la Torre C del condominio.
Ese fallo dictaminó que el municipio tuvo responsabilidad extracontractual en lo ocurrido, debido a que la Dirección de Obras no verificó que se cumplieran, entre otras cosas, las normativas antisísmicas del proyecto construido entre los años 2004 y 2005, lo que se traduce en una falta de servicio. Si bien, el edificio está en Hualpén, la condenada fue la Municipalidad de Talcahuano porque a ella le correspondió entregar los permisos de construcción, trámite que se hizo antes que se creara la comuna de Hualpén.
Con este fallo se anuló un dictamen de la Corte de Apelaciones que había confirmado la resolución de un tribunal en primera instancia que determinó que existía extinción de responsabilidad administrativa del municipio, argumentando que la demanda realizada por los propietarios en 2014, estaba prescrita (habían pasado más de cuatro años). Según la Corte Suprema, se produjo un error de derecho, porque la sentencia anterior «contabilizó, el cómputo del plazo de la prescripción de la acción deducida a partir del acto concreto que constituye la falta de servicio y no desde cuando ocurrió el daño efectivo que sustenta la demanda».
Además, la Corte Suprema estableció en 2022 que el Primer Juzgado Civil de Talcahuano debía fijar el tipo de daño que se acreditaba y los montos a pagar.
En la demanda elaborada por el abogado Marcelo Valenzuela, quien representa a las víctimas, se solicitó una indemnización por daño emergente para cada uno de los 58 damnificados, que está vinculado a los daños materiales.
En este caso, los montos van desde los $17 millones hasta los $49 millones. Pero también solicitó una indemnización por daño moral que en total sumaba más de $7.300 millones.
En ese contexto, el tribunal civil acogió sólo la indemnización por daño emergente, de este modo, los montos corresponden a lo que cada propietario pagó en UF por su departamento, y estacionamiento si correspondía. La suma total a pagar es de 68.431 UF, más $17.807.197, que corresponden a un propietario que compró su departamento en pesos.
Contentos
El ingeniero mecánico Juan Lozano, de 55 años, es uno de los vecinos que la madrugada del 27 de febrero de 2010 tuvo que salir corriendo con su señora y dos hijos pequeños de su departamento y nunca más pudo volver. A casi 15 años de ese traumático evento, asegura que él y varios de sus ex vecinos están felices y esperanzados.
«Por fin hay una sentencia a nuestro favor, que después de 15 años la justicia nos dé la razón nos tiene muy contentos. Fueron tantos años esperando y batallando junto a nuestro abogado, que a pesar de que el juez no falló en favor del daño moral por lo menos recuperar el valor del departamento, que es lo que se sentenció nos tiene contentos y felices».
Pero perdió mucho más que el valor del departamento.
«Claro, muebles, electrodomésticos, la parte emocional fue tremenda. Aún muchos vecinos tienen que arrendar, otros fallecieron esperando. Pero mire, hace dos o tres años no teníamos nada, habíamos perdido la totalidad del valor de nuestro departamento. Habíamos perdido el juicio contra la inmobiliaria y nos había ido mal en primera instancia con la municipalidad. Que la Suprema nos diera la razón es importante, este grado de justicia nos tiene contentos. Esperamos que dentro de este año se concrete el pago de la indemnización».
Alejandra Donoso, directora jurídica del municipio, informó que están preparando los recursos correspondientes en contra de esta resolución. «Consideramos que no se analizó la totalidad de la prueba presentada y adicionalmente a ello presentamos también un incidente de nulidad de todo el obrado, pues estimamos que existe un vicio procesal que vise el procedimiento y que actualmente mantiene suspendido el juicio de manera íntegra».
«Que después de 15 años la justicia nos dé la razón nos tiene muy contentos», Juan Lozano, propietario.


