Querían asimilar colgar ropa con la vida del niño, asegura Sergio Monardes, quien llevó su caso hasta la Corte Suprema
El propietario de la vivienda fue multado por afectar la estética del condominio. Como la terraza no tiene techo ni muros, se instaló una estructura de aluminio que gatilló el conflicto.
El 14 de noviembre de 2023, el dentista Sergio Monardes recibió un correo electrónico de la administración del edificio donde vive con su familia en la comuna de La Reina. Le solicitaba que retirara la malla de seguridad que había instalado en su terraza porque afectaba la estética del condominio, de lo contrario, se exponía a una multa de 3 UF, unos $110.199 por esos días.
La instaló porque el departamento está en un cuarto piso y su hijo de dos años ya caminaba y podía caer al vacío si no tomaba medidas de seguridad.
El punto es que la propiedad está en el último piso del edificio y el diseño del balcón no tiene techo ni bordes para tensar la malla, por lo que se instaló una estructura de aluminio de color blanco para sujetarla. La situación generó que la administración del Condominio Terranova Plaza Ossandón le advirtiera que vulneraba el reglamento de copropiedad porque el arreglo afectaba la estética del edificio. El mail citaba prohibiciones que imponía el reglamento de copropiedad: «Colgar ropa en las terrazas del condominio o en los bienes asignados en uso y goce exclusivo; colocar, ya sea en la fachada, techo, techumbre, terrazas, o en los pasillos del condominio, objetos o letreros que alteren el ornato o estética de los mismos».
Monardes no sacó la malla y lo multaron: «Al no haber cumplido con el retiro de malla se le cursará una multa de 3UF en el próximo gasto común de enero 2024», decía el mail siguiente.
Como la familia no iba a sacar la malla, el padre del dueño de casa, también de nombre Sergio Monardes, interpuso un recurso de protección apelando a que se estaban vulnerando garantías constitucionales como el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de su nieto.
«Era inentendible para mí, no iba a entrar en una conversación y discutir entre la estética y la vida del niño. Ellos querían asimilar colgar ropa con la vida del niño. Para mí eso no tiene ningún punto de comparación, no sé quién los puede comparar», señala.
La Corte de Apelaciones falló en su contra argumentando que era un tema a discutir en el Juzgado de Policía Local. Sin embargo, la Corte Suprema le dio la razón hace unos días.
El fallo del máximo tribunal indica que retirar la malla efectivamente pone en riesgo la vida del niño, pero además, tampoco se evidenció que la instalación afecte «de manera clara y evidente» la estética del edificio.
«Se dispone que el actor podrá mantener la malla de seguridad instalada en el balcón del departamento, sin perjuicio de acciones que puedan ejercer las partes ante el Juzgado de Policía Local», declararon los ministros.
Felipe Aravena, abogado que llevó la causa, explica que es un caso importante porque es una de las pocas veces que la Corte Suprema se manifiesta en un conflicto entre vecinos.
«Al ser un hecho tan notorio de vulneración de garantías constitucionales, decidió pronunciarse. Influyó también que hay un proyecto de ley en el Congreso que quiere hacer obligatorio el uso de mallas en departamentos donde haya menores de 12 años. Le hicimos notar a la corte que desde que presentamos el recurso este año, siete niños cayeron al vacío y fallecieron».
Abogado, ¿no se intentó llegar a un acuerdo con la comunidad?
«La administración tomó una conducta bastante hostil, plantearon sacar la malla solamente. Nunca se mostraron llanos a buscar otra solución en favor del niño y pagables. Se podría haber puesto vidrio, pero es bastante caro, y se podrían oponer diciendo que en cierta forma alteraba la fachada también».
Sergio, ¿quedó conforme con el pronunciamiento de la Suprema?
«No sé qué hubiéramos hecho si la justicia hubiera fallado otra cosa. Mi hijo lleva dos años ahí, el primer año no hubo problema porque el niño no caminaba, después ya se empezó a mover y la cosa cambió. Quizás se habría tenido que ir. Mi interés era no sacar la malla y sentar un precedente. Alguien que se enfrente a este mismo problema y no tiene los recursos, no puede llevar el caso a la Corte Suprema; yo pude hacerlo y ya sabemos qué piensa la ley al respecto. Y es importante que las normas urbanísticas consideren la colocación de mallas en los edificios porque, en este caso, la estructura del edificio no lo facilitaba».
Tiempo para controversias
La abogada Macarena Diaz, especialista en derecho inmobiliario y académica de la facultad de Derecho de la Universidad Andrés Bello, explica que cuando hay un proyecto de ley que pretende hacer obligatoria la instalación de mallas en departamentos, da luces a la Corte Suprema de que se está tratando de proteger un bien jurídico que vas más allá de la simple estética de un inmueble.
«La Corte entiende que aún cuando no haya norma expresa y solo contemos con un proyecto de ley, debe primar el derecho a la vida y a la integridad física de la persona, garantía consagrada en nuestra Constitución. No es razonable que se haga primar una regla adoptada por los copropietarios que dice relación con la mera estética por sobre la vida», plantea.
Además, dice que es cada vez más frecuente ver casos en que las administraciones exceden sus facultades o multen por situaciones no establecidas en el reglamento.


