Ingeniero presentó un recurso de protección, pero fue rechazado dos veces
Decía que iba al restaurante, pero disfrutaba de la piscina y el campo de golf, explicó la institución para justificar su decisión.
Con la prohibición perpetua de ingresar a un club social quedó un profesional que recurrió a la justicia para revertir la medida.
El afectado es un ingeniero civil industrial de 42 años, quien en mayo de 2023 interpuso un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta en contra del Club Social y Deportivo AutoClub de esa ciudad. En el escrito alegó que en marzo pasado fue invitado a un evento al recinto, pero en la puerta se le negó el paso por existir de parte del directorio una prohibición perpetua de su ingreso a las instalaciones, disposición a la que apeló sin éxito. En el libelo el afectado califica la exclusión de acto «ilegal y arbitrario», que vulnera la igualdad ante la ley y que lesiona su reputación y esfera económica, ya que asegura fue puesto en una suerte de «lista negra» de no habilitados por el club y exhibieron su fotografía en los accesos para que los guardias lo reconocieran.
El club argumentó que la exclusión se debió a que hubo denuncias anónimas contra el profesional -que no era un socio recurrente- por el uso inadecuado de las instalaciones y su asistencia a eventos al cual no estaba autorizado. Por ejemplo, informaba a los vigilantes que iba al restaurante, pero luego disfrutaba sin permiso de una piscina, campo de golf y otras dependencias, y que incluso utilizó un quincho para celebrar su cumpleaños, situación prohibida por el reglamento para los socios y visitas.
La corte nortina desestimó el recurso de protección. «No se observa un actuar ilegal y/o arbitrario. Mas, por el contrario, se desprende que ha sido el actor sorprendido utilizando de modo inadecuado las dependencias y, en razón de ello, se ha tomado la determinación de prohibición de acceso la cual le es privativa y permitida», dice parte de la resolución que acaba de ser ratificada por la Corte Suprema.
«Particularmente creo que la Corte de Apelaciones de Antofagasta y la Corte Suprema resolvieron correctamente este caso y se ajustaron a derecho», dice el abogado Jaime Vera, profesor de la Escuela de Derecho de la PUCV. Considera que no hubo de parte del club social un acto que se pueda calificar de ilegal. «El derecho de asociación no es absoluto. El formar parte de un grupo intermedio no significa que uno pueda hacer lo que quiera. La institución estableció límites que fueron vulnerados por lo que no hay una acción ilegal de parte de la entidad. Hay un derecho de admisión que puede excluir a una persona que no cumpla con esas reglas que buscan armonizar los derechos de todas las personas», dijo.
«Lamentamos y no compartimos la decisión adoptada por la Corte Suprema», afirmó escuetamente Patricio Schulz, abogado del demandante. A través de la gerencia, el AutoClub de Antofagasta declinó emitir comentarios porque «no han sido notificados de manera oficial de la resolución».


