La acción legal incluye también a la abogada Leonarda Villalobos y a su marido Luis Angulo
En paralelo, la Fiscalía Metropolitana Oriente los formalizará junto a dos funcionarios públicos, cinco personas, en total, el próximo 21 de agosto.
Perjuicio fiscal
En su querella, el SII detalla que en la declaración anual de impuestos a la renta en los años tributarios del 2020 al 2024, consignó «ingresos constitutivos de renta por montos menores a los que efectivamente percibió en los respectivos ejercicios comerciales anuales, rebajando de forma indebida la base imponible del Impuesto Global Complementario que le correspondía soportar en dichos períodos, razón por la cual, dichas declaraciones impositivas son maliciosamente falsas».
Según el organismo, entre enero de 2019 y diciembre de 2023, Hermosilla recibió transferencias electrónicas de fondos en su cuenta corriente desde dos sociedades: Asesorías e Inversiones Luis Hermosilla y Compañía Limitada, por un monto total de $1.775.694.026; y de la Sociedad de Profesionales Luis Edgardo Hermosilla Osorio Abogados Limitada por $377.423.144.
De las anteriores sumas, según el SII, Hermosilla solo consignó un total de $858.763.433, «verificándose una diferencia entre lo efectivamente percibido y lo declarado ascendente a $1.294.353.737», según precisa la querella.
El texto agrega que del análisis que realizó el Departamento de Delitos Tributarios del SII, existen otros fondos que no fue posible identificar con certeza su procedencia. Son «ingresos constitutivos de renta producto del depósito de documentos bancarios y de dinero en efectivo por una suma ascendente a $376.039.124».
Para el SII, el perjuicio fiscal por las conductas del conocido abogado, a agosto de 2024, «asciende al monto de $800.803.815, por concepto de Impuesto Global Complementario».
Según la querella, los hechos son constitutivos de delito tributario, según el artículo 97 N°4, inciso primero del Código Tributario, que sanciona «las declaraciones maliciosamente incompletas o falsas que puedan inducir a la liquidación de un impuesto inferior al que corresponda».
En su argumentación, el SII presenta como antecedente que Luis Hermosilla es un «contribuyente desde largo tiempo, ya que registra como inicio de actividades desde 1993, su condición de abogado, y su participación en diferentes sociedades, lo que denota un conocimiento suficiente sobre sus obligaciones tributarias y las consecuencias de su inobservancia», y que los presuntos ilícitos «se ejecutaron en forma reiterada», por lo que «la pena asignada a los delitos descritos debe ser aumentada en uno o dos grados, respecto del querellado», según el artículo 351 del Código
Procesal Penal.
El SII le imputa a Leonarda Villalobos un perjuicio fiscal correspondiente a $211.224.291 por impuesto global complementario; y a ella y su marido, Luis Angulo Rantul, un perjuicio fiscal por $3.454.853, por impuesto a la renta en su calidad de representantes de la empresa Asesorías y Negocios Commercia Spa.
Los cinco imputados: Luis Edgardo Hermosilla Osorio, María Leonarda Villalobos Mütter, Luis Alberto Angulo Rantul, y los funcionarios del SII y Tesorería, Renato Eduardo Robles Iturriaga, Patricio Ignacio Mejías Esparza, quienes, según la querella, habrían entregado información reservada a la abogada Villalobos respecto a las investigaciones que adelantaban sobre la empresa Factop y sus socios, a cambio de una presunta compensación económica.
«No estamos ni cerca»
«Es grave, claro que sí, pero es una investigación abierta y no estamos ni cerca de estar terminando. Los fiscales están dando el paso de formalizar la investigación, pero luego viene la etapa de la investigación judicializada», dijo desde Valparaíso el fiscal nacional Ángel Valencia, sobre las indagatorias del equipo de Alta Complejidad de la Fiscalía Oriente. Sobre una posible solicitud de prisión preventiva, comentó a LUN: «Considerando la cantidad de delitos y el carácter de los mismos, en casos como este suele ocurrir que los fiscales pidan una medida como esa».
Y agregó: «Estas son investigaciones largas y complejas, hay una planificación de cómo las diligencias se van realizando, de los resultados esperados y, en consecuencia, los fiscales han estimado que es el momento oportuno para solicitar la formalización. Sabemos cómo las investigaciones empiezan, pero no sabemos cómo terminan».



