Administrador de este condominio dice que la medida le ha dado muy buenos resultados
Toma la precaución de no identificar a los residentes. Abogados dicen que hay normas que cuidan la vida privada.
Cansados de acarrear millonarias deudas por concepto de gastos comunes, los encargados de una comunidad de Santiago Centro decidieron publicar en los ascensores un listado con los departamentos deudores. El administrador lo propuso al comité y en conjunto tomaron esta decisión. Tomaron la precaución de individualizar las viviendas y no a los residentes, agregaron el dato del monto que tiene pendiente cada unidad y pegaron la información en los ascensores.
Omar Díaz, quien lleva las cuenta de otras 17 comunidades, promovió la medida. Dice que en condominios de casas no se suele hacer, tampoco en edificios pequeños. El mayor problema lo tienen las comunidades más densas, sobre todo las de Santiago Centro y Estación Central, donde administra cinco y dos edificios, respectivamente.
«En estos siete condominios aplicamos la misma política. La morosidad en porcentaje es la misma en todos estos edificios, cerca del 15%. En una comunidad de 600 departamentos, por ejemplo, 90 unidades están en morosidad. Es bastante. Se toma esta medida como una forma de que los mismos residentes sepan quiénes son los morosos. Es importante la transparencia», expone.
¿Ha sido efectiva?
«Hace cinco años que lo aplicamos y siempre ha generado buenos resultados. Pasa por un tema de vergüenza también: nadie quiere figurar como un deudor ante los ojos de todos».
¿Algún problema o queja con este listado?
«Hay mucha gente que se borra con un lápiz o que derechamente bota el papel. Pero si lo sacan, lo volvemos a publicar. También hay otros que dicen que es ilegal. Y le explicamos que no tiene nada de ilegal, dado que no hay ningún dato personal publicado. Otros me han interpelado. Pero en esos casos les digo que si no quieren figurar, ya saben lo que deben hacer».
El listado se publica a fin de mes y la hoja se queda hasta los primeros seis días del mes entrante.
«Otras medidas que hemos implementado es la prohibición del uso de espacios comunes como piscina, gimnasio y quincho», agrega.
Una interpretación
El abogado Juan Pablo Vargas, fundador del estudio jurídico Armis, especializados en temas de copropiedad, dice que el nuevo reglamento de la Ley de Copropiedad, específicamente en su artículo 24, establece que el administrador está facultado a dar publicidad a las situaciones de morosidad de copropietarios, siempre que lo haga «en conformidad a la forma que dispongan las normas de uso y administración del condominio».
«Por tanto, la publicación de morosos en ascensores sería legal si está contemplada en el reglamento de copropiedad o fue decidida por el comité, quien posee facultad de dictar normas de uso y administración», precisa Vargas.
En este caso, cree que lo hace este edificio está en lo correcto. Y lo hace respetando la privacidad de los datos personales.
Sin embargo, sostiene que esta práctica debe equilibrarse con lo establecido en la Ley sobre Protección de la Vida Privada, que regula el tratamiento de datos personales.
«La publicación de información financiera vinculada a personas identificables podría considerarse que requiere consentimiento del titular o autorización legal específica», alerta.
Por lo mismo, recomienda a las comunidades que realizan esta práctica que lo hagan siempre y cuando esté expresamente autorizada por todos los copropietarios. También que se aplique después de agotar otras instancias de cobro menos invasivas y que se realice de manera proporcionada, sin que se publique información personal de los residentes.
«Son tres normativas que están en juego: la Ley de Copropiedad, su reglamento y la Ley sobre Protección de la Vida Privada», indica.
Una opinión similar tiene la abogada de la empresa Comunidad Feliz, Claudia Poblete, quien asesora a administradores sobre diversas materias y añade que el reglamento de la ley dice que el administrador puede dar publicidad a las situaciones de morosidad de copropietarios y ocupantes del condominio siempre que sea en conformidad a la forma que dispongan las normas de uso y administración del condominio.
«Entonces, un edificio lo podría hacer sin ningún problema siempre que en su reglamento de copropiedad haya establecido que publicará la morosidad durante todos los meses en algún mural. Lo importante es que siempre se respeten los datos personales de los residentes. Por lo mismo, no habría algún inconveniente de legalidad en ese caso», afirma.
El ministro de Vivienda, Carlos Montes, añade que también la norma establece otros mecanismos para que la gente pague sus obligaciones; entre ellos, hacer convenios de pago o la suspensión de suministros básicos.


