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Autor de la Foto: FRANCISCO CRESPO
Proyecto que actualiza la ley de medios de comunicación genera polémica
Si usted postea cuatro veces a la semana, su sitio web se podría convertir en un diario digital: tendría que avisarle a la autoridad regional y usar un servidor nacional, entre otros requisitos.
P. Rey/A. Lara
La denuncia de la Ong Derechos Digitales prendió las alarmas. Dos proyectos de ley que se tramitan actualmente en la Cámara de Diputados obligarían a dueños de blogs y usuarios de redes sociales, que expresan sus ideas públicamente, a utilizar un servidor nacional; a acreditar la inscripción en el registro dominio.cl NIC Chile.
Además, las mociones proponen que el usuario haga una iniciación de actividades ante la gobernación provincial o intendencia regional; indique el nombre y domicilio del propietario o administrador de la página en un lugar destacado de ésta y que entregue copias de las publicaciones a la Biblioteca Nacional.
La abogada Reyén Campusano fue una de las primeras en reclamar contra la actualización a la ley de medios de comunicación en Chile. La normativa 19.733, en su texto principal, se refiere «a las libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo». En específico, los parlamentarios de la comisión de Ciencia y Tecnología de la Cámara de Diputados introdujeron un artículo que pretende redefinir el concepto de medio digital.
Qué dicen los proyectos:
se trata de dos mociones, presentadas por los diputados Ramón Farías (PPD) y María José Hoffmann (UDI). Ambos proyectos modifican la ley 19.733 que buscan «consagrar a los diarios electrónicos como medios de comunicación social».
El proyecto plantea que «se entenderá por diario todo periódico impreso en papel o publicado por vía digital o electrónica, a lo menos cuatro días en cada semana, y que cumpla con los demás requisitos establecidos en la ley».
La nueva definición: «Si estos proyectos son aprobados, se entenderá por diario todo periódico impreso en papel o publicado vía digital que se publique, a lo menos, cuatro días en cada semana y cumpla con los demás requisitos establecidos en la ley», plantean en la Ong Derechos Digitales.
Claudio Ruiz, presidente de Derechos Digitales, menciona que la iniciativa de los parlamentarios no contribuye a mejorar la actual ley 19.733.
Si tengo un blog y escribo algo que incomode a una persona, ¿podrían aplicarme la ley?: » Depende si la plataforma donde se publica ese contenido es considerada un medio de comunicación digital por la ley. Con el texto actual, esta definición es muy amplia y aplica a buena parte de sitios web donde emitimos opiniones y juicios y si eso es así, la respuesta es positiva», acota Ruiz.
¿Las nuevas ventajas?: «Si una persona inscribe su medio digital podrá postular a fondos públicos y publicar avisos legales. Si a alguien se le pierde un cheque yo puedo denunciar ese cheque perdido y, para anular ese documento, tiene que ser hecho a través de un medio de comunicación autorizado. Si yo, hoy pongo un cheque perdido en un blog eso no tiene validez legal», explica el diputado Ramón Farías, presidente de la comisión de Ciencia y Tecnología.
¿Qué pasa con los creadores de memes?: «Los memes pueden vivir tranquilos. Solo se busca reconocer a los diarios electrónicos, expresamente, en la ley de prensa para que tengan las mismas garantías y derechos que los medios impresos. No afecta la libertad de expresión de ningún medio digital. Solo aquellos medios que quieran ser reconocidos como tales, lo serán. Eso trae responsabilidades», plantea Farías.
El tuitero: Nicolás Copano, reconocido tuitero, tiene una teoría: «Los honorables quieren terminar con el tema de que la gente comente en medios de comunicación en internet. Hay medios que terminaron con sus comentarios. El argumento de Farías es háganse responsables los que comentan . Me parece que ese es el gran problema».


