Si quiere vender su propiedad, debe actualizar el título de dominio
Los vecinos tienen que asegurarse que sus cuentas lleven la nueva dirección y los comerciantes deben renovar sus boletas.
Pero la mayor inquietud que planteó es respecto a los diversos trámites que deben realizar los vecinos de la calle por este cambio. «Tienen que modificar las escrituras (de sus propiedades), las cuentas (servicios básicos), la dirección y lugar donde se criaron los hijos», comentó a LUN en la edición de este jueves.
Quiero vender
La doctora en Derecho Rosa Gómez, especialista en derecho administrativo y académica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, sostiene que este tema de cambios de nombre de las calles es una tendencia que ha venido en auge en los últimos años.
«Por ejemplo, lo que ocurrió con el cambio de la calle avenida IV Centenarios, en Las Condes. También en Santiago Centro la alcaldesa sol|icitó el cambio de nombres de varias calles».
¿Tiene un efecto real en los vecinos?
«Para los particulares, deben cambiar los títulos de dominio. No es obligatorio hacerlo de inmediato. Lo puede realizar al momento de efectuar una compraventa: ahí se hace la precisión de que la calle tiene otro nombre».
Coincide el abogado Víctor Crisóstomo, fundador del estudio Arcó Abogados, pues dice que si se desea vender, el propietario debe solicitar el Certificado de Informaciones Previas (CIP) en la Dirección de Obras Municipales respectiva, para luego ingresarlo en el Conservador de Bienes Raíces (CBR).
Mis cuentas
Rosa Gómez afirma que en el caso de las cuentas de luz, agua y otros servicios, el propio interesado debe actualizar los datos con el nuevo nombre de su calle.
O sea, tengo que llamar personalmente a cada empresa…
«Así es. Ahora bien, en algunos casos, las empresas de manera proactiva actualizan la información. Pasa que una vez que se comunica el cambio, todos se entienden notificados, debiendo hacer la respectiva modificación del nuevo nombre. No es que el municipio tenga que ir empresa por empresa o servicio por servicio informando el cambio de cada usuario».
«Una vez que esto es publicado y notificado a la comunidad, se entiende conocido por todos», afirma Rosa Gómez
Añade: «Es el mismo efecto que produce la ley. Por tanto, pesa sobre todas las personas el deber de efectuar los cambios. Esto implica, por ejemplo, que una empresa de servicio que toma conocimiento de que la calle ya no se llama IV Centenario, sino que se llama Sebastián Piñera, puede hacer de manera automática el cambio en las boletas (sin la necesidad de que el usuario vaya)».
Ante el Servel
«Hay otras obligaciones que son de cargo del titular, como el trámite ante el Servel: debo informar que mi nuevo domicilio es otro», afirma Gómez.
«Hay principios que pueden operar, por ejemplo, la coordinación, donde sería ideal que el municipio respectivo le avisara al Servel que se cambió tal calle para efectos de que él haga todas las actualizaciones. Pero es muy difícil que en la práctica eso se haga», agrega la académica.
¿Qué le parecen estos cambios?
«Cuando se produjo el cambio de la avenida IV Centenario fue un procedimiento bastante integrado, puesto que se hizo a consulta ciudadana. No obstante, en Santiago Centro no se hizo esta consulta. Ahí denota que quizás hay una mayor prolijidad en algunos lugares que en otros».
Atentos, comerciantes
El doctor en economía y dirección de empresas Luis Martínez, académico de la Universidad Central, cree que quienes tienen un mayor trabajo con estas decisiones son los comerciantes.
«Si tengo una publicidad en las redes con la dirección antigua, voy a tener que hacer los cambios en la página web. Lo mismo que las boletas y facturas. Aunque se podría automatizar con la respectiva notificación que haga el municipio a los distintos órganos privados o estatales».


