Joana Sanz testificó en el segundo día del juicio por agresión sexual contra el ex futbolista
El futbolista enfrenta la acusación de una joven de 23 años. La defensa apela al estado de embriaguez de Alves como una atenuante.
Joana Sanz, esposa de Dani Alves, declaró en el segundo día del juicio por el delito de agresión sexual que enfrenta el futbolista brasileño contra una joven de 23 años. La modelo española, que se casó con el jugador en 2017, llegó vestida de negro, con gafas oscuras y acompañada de tres hombres a la Audiencia de Barcelona. Uno de ellos era Bruno Brasil, el amigo con el que estuvo Alves en la discoteca Sutton el 30 de diciembre de 2022, noche en que ocurrieron los hechos que se le acusan.
En su testimonio, la mujer respondió, al igual que los amigos de Alves, varias preguntas relacionadas con el estado de embriaguez del jugador, quien lleva un año en prisión. Según la prensa española, la estrategia de la defensa, a cargo de la abogada Inés Guardiola, es que el alto consumo de alcohol en esa noche pueda ser considerado como una atenuante en una eventual condena.
Sanz relató que se comunicaron con Alves por última vez vía WhatsApp a las 11 de la noche esa noche. Según ella, el brasileño regresó pasadas las 4 de la madrugada y en estado de ebriedad a la casa. «Vuelve a casa muy borracho, oliendo a alcohol. Se chocó contra el armario y una mesita, y cayó desplomado en la cama», afirmó.
No hablaron a su regreso. «No procedía hablar con él en el estado que llegó», dijo Joana. Al día siguiente conversaron. «Le pregunté qué había pasado y dijo que había estado con amigos», narró la esposa.
Alves, en su cuarta versión de los hechos, admitió ante la jueza que mintió porque estaba «obsesionado» con que su mujer no descubriera su infidelidad y que el acercamiento con la joven en el baño de la discoteca fue mutuo. «No he pedido legalmente el divorcio», aclaró Sanz este martes.
Bruno Brasil corroboró el estado de Alves en la discoteca. «No nos fuimos por ningún motivo de peso, simplemente porque era tarde y habíamos bebido mucho. Nos marchamos en el coche y fui yo quien condujo. Cuando salimos de la discoteca, no vi si la denunciante y sus amigas estaban hablando con el director. Tampoco vi si estaba llorando, estaba todo muy oscuro», afirmó.
Thiago, otro amigo del deportista, relató que él junto a Bruno y Alves fueron a cenar a un restaurante, tomaron cuatro o cinco botellas de vino y después pidieron una de whisky. Luego acudieron al local Nuba para tomar otras copas. «La cantidad no la sé, pero fue bastante», coincidió Ulises, otro amigo que estuvo en el lugar.
La atenuante de embriaguez se sitúa como una figura legal que no exime de responsabilidad al involucrado. Silvio Cuneo, abogado y académico de la Universidad Central, cree que no es una buena estrategia de la defensa. «El estado de embriaguez no es atenuante en ninguna parte del mundo. Es una mala estrategia de defensa. En el único caso que puede ser exculpatoria es cuando drogan o alcoholizan a una persona sin su consentimiento. Si alega por la circunstancia eximente del artículo 20, número 2 del código penal de España, no va a ser considerado porque eso se refiere a personas que están intoxicadas, con un consumo problemático, una patología grave. La defensa podría alegar la circunstancia eximente de estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas y si no se la consideran, va a pedir que, en subsidio, sea acogida como una circunstancia atenuante del artículo 21 número 1, que se llama la eximente incompleta porque no tiene todos los requisitos para eximir, pero eventualmente podría atenuar.
El hecho de emborracharse no tiene ningún reproche jurídico, pero tampoco se puede bajar la pena si se hizo voluntariamente», asegura el doctor en derecho penal de la Universidad Pompeu Fabra.


