Relatos de administradores sobre inquilinos que pusieron en jaque la convivencia
Robos internos, agresiones a conserjes, borracheras eternas incluye la lista de episodios denunciados por los vecinos.
La administración del condominio AltaVista 2, emplazado en Alto Macul, en la comuna de La Florida, acordó este martes solicitar el término anticipado del contrato de arriendo del futbolista de Colo Colo, Cristián Riquelme. La medida implica su salida del recinto y se sustenta, según los responsables del lugar, en conductas que vulneraron normas básicas de convivencia interna.
La decisión se adoptó luego de un episodio ocurrido al atardecer del domingo, mientras el plantel albo caía ante Universidad de Chile. Tras ese partido, el jugador llegó hasta la piscina del edificio junto a dos amigos. Los tres ingresaron al área común y se lanzaron al agua. Sin embargo, dos de ellos lo hicieron desnudos, lo que provocó incomodidad entre los vecinos.
Una vecina explicó que el problema no solo radica en el incumplimiento formal del reglamento de copropiedad. «Transgredió el reglamento, pero, sobre todo, faltó el respeto a los niños de la comunidad», señaló a LUN en la edición de este miércoles. El hecho activó los mecanismos internos previstos para este tipo de situaciones.
Hasta magia negra
Casos como este, según quienes gestionan comunidades residenciales, no son excepcionales. Paula Saleh, administradora que lleva las cuentas de 13 edificios en la capital, afirma que solicitar la salida de un arrendatario conflictivo es una herramienta que se utiliza con cierta frecuencia. «Es mucho más fácil cuando es arrendatario, porque ahí uno se comunica con el propietario o con el corredor», explica.
Con su experiencia ha debido enfrentar situaciones complejas. «Un caso reciente es el de un arrendatario que se robaba elementos de la comunidad. Era una persona con consumo problemático de sustancias. Hubo que hacer seguimiento con cámaras. También agredió a un conserje», relata.
En estos casos, los comités suelen seguir un protocolo gradual: primero el seguimiento, luego las multas y, finalmente, la notificación formal al propietario del inmueble. «Cuando el conflicto escala y no hay solución, el paso siguiente es solicitar el desalojo, respaldándonos en el reglamento de copropiedad, en el derecho al buen vivir y en la obligación de proteger la integridad de todos los vecinos».
Distinto es el panorama cuando el involucrado es propietario. En esos casos, la administración carece de facultades para privarlo de su bien. «No puedo llegar y quitarle la propiedad a una persona. Ahí no queda otra que recurrir al juzgado de policía local y activar temas de buena convivencia y multas», sostiene.
Una experiencia similar enfrentó la administradora Carmen Gloria Pérez. En uno de los edificios bajo su gestión, una arrendataria encendía palo santo fuera del departamento de una integrante del comité, en un espacio común del pasillo. «Le hacía rituales. Claramente afectaba la tranquilidad de la residente y generaba un riesgo para la comunidad», comenta.
La práctica activaba reiteradamente el sistema de alarma contra incendios, lo que obligaba a evacuar y entregar explicaciones a los residentes. A ello se sumó otro antecedente inquietante: la misma inquilina dejaba en conserjería encomiendas dirigidas a la vecina afectada. «Todo tenía relación con supuestos rituales de magia negra. En una de las encomiendas se veía una cuchilla y una pelota. Además, subía registros a TikTok y explicaba lo que hacía», detalla.
En ese caso, el reglamento interno contemplaba la facultad de solicitar el término del arriendo. «El propietario aceptó la situación y respondió de manera inmediata. A los dos días la arrendataria se retiró del edificio sin ningún problema», afirma Pérez.
El administrador Andrés Álamo coincide en que la clave radica en lo que establezca el reglamento de copropiedad. En una comunidad bajo su responsabilidad lograron poner fin a un arriendo conflictivo gracias a una cláusula que permitía solicitar el término unilateral del contrato cuando se infringían normas de conducta. «El reglamento me amparaba para hacer esa solicitud al dueño del departamento», explica.
El caso se originó por reiterados episodios de ebriedad. «Todos los días llegaban en estado de ebriedad y circulaban por los pasillos botando vino y ensuciando las puertas de los vecinos. Les mostramos los registros audiovisuales. Le dije al propietario que si no les pedían el departamento, los íbamos a tapar en multas, que finalmente iban a quedar para la unidad», recuerda.
Los que dicen las normas
Desde el ámbito jurídico, el abogado Francisco Talep sostiene que los condominios operan bajo un reglamento interno que fija las normas de convivencia y las sanciones en caso de infracción. «Es una norma y tiene pleno valor», subraya.?No obstante, existen miradas críticas. Juan Pablo Vargas, abogado del estudio Armis, que presta servicios legales a comunidades, considera que este tipo de disposiciones puede resultar problemático. A su juicio, se trata de una regulación «irregular», ya que podría implicar una afectación grave al derecho de propiedad consagrado en la Constitución. «Se interviene la facultad del propietario para terminar su contrato de arrendamiento o manejar la unidad de la forma que le parezca correcta», advierte.


