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Autor de la Foto: EL MERCURIO
Marisa Navarrete, ex jefa de litigación penal del SII, explica el complejo momento del parlamentario UDI
El senador, bajo la figura de facilitador, podría enfrentar desde 541 días a cinco años de cárcel.
Patricia Rey
La abogada experta en derecho penal, ex fiscal y ex jefa de litigación penal del Servicio de Impuestos Internos (SII), Marisa Navarrete, observa el caso Penta desde la tribuna, como una ciudadana más. Sin embargo, ella tuvo activa participación en los orígenes de las pesquisas que llevó adelante Impuestos Internos y que ha revolucionado el ambiente político.
Trabajó para la entidad entre febrero de 2012 y diciembre de 2013 y, antes de dejar su cargo, dejó constancia en un correo electrónico del retraso del SII para querellarse por los primeros fraudes al FUT que datan de 2010 y que recién se hicieron efectivas en 2013. «Yo denuncié esto al fiscal Carlos Gajardo», contó la abogada.
Ayer, el senador de la UDI Iván Moreira reconoció públicamente que pidió recursos «de forma irregular» para su campaña senatorial (ver nota en página 15) a través de boletas de honorarios a terceros. La abogada explica en qué consiste el mecanismo.
Las boletas o facturas:
«Están destinadas a ingresarse a la contabilidad de una empresa con la que se hacen declaraciones de impuestos. Normalmente, se contabilizan como gastos necesarios para producir la renta y para que así puedan deducirse de los impuestos para rebajar la carga impositiva», dice la abogada.
¿Cuándo son falsas las boletas?:
Por dos vías. La primera ocurre cuando el documento (la boleta) es materialmente falsa. «Es decir, que imite un timbre o un documento original», dice la experta. Y la segunda se refiere a cuando la boleta es ideológicamente falsa. Esto se refiere a que «esa boleta o factura es real, pero lo falso es su contenido; y, por supuesto, cuando se hace una boleta o factura por una prestación inexistente. Eso es falso».
La responsabilidad de Moreira:
Según el artículo 97 del Código Tributario, en su número 4, establece un castigo a quienes facilitan facturas o boletas falsas (real e ideológicamente falsas). Las sanciones se extienden hacia quienes hacen la boleta, los que la venden o aquellos que la faciliten. «Si una persona entrega boletas o facturas que no hizo, que no son propias, pero que las facilita a la empresa, está cometiendo un delito según el artículo 97 número cuatro, inciso final, que es la facilitación de boletas falsas, que podría ser este caso», dice Navarrete. Según el Código Tributario, los facitadores se exponen a penas de 541 días a cinco años de cárcel y una multa asociada de hasta 40 UTA (unidades tributarias anuales) que equivalen a unos 20 millones 700 mil pesos.
Dolo directo y dolo eventual:
«Se requiere un dolo directo para poder cometer el delito tributario, es decir, que mi objetivo sea defraudar al fisco. Sin embargo, esa afirmación no la comparto, basta con dolo eventual. Significa que aun cuando no sea mi objetivo ni intención principal, sé que hay una posibilidad de que con esto se defraudara al fisco y aún así actúe. Tengo la convicción de que las personas saben que aquí se va a defraudar al fisco aun cuando no sea su intención directa», plantea la abogada.
¿Qué ocurre con los colaboradores de Moreira?
El senador Moreira si bien reconoció irregularidades, dijo «pues se realizó a través de boletas de honorarios a terceros». Según la abogada, estas personas «caen en el delito de la facilitación, porque son los dueños de las boletas y probablemente tienen el dolo que mencioné».
¿Es Moreira facilitador?:
«La figura del tercero, que no confecciona la boleta ni presenta la declaración, encajaría en la figura de la facilitación; aquel que facilita a otro para que sea el que cometa el delito».
¿Se debe querellar el SII contra los ex candidatos?:
«Me parece que el SII, si sigue el criterio que ha tenido siempre de querellarse contra la utilización y facilitadores de boletas falsas, debiera querellarse».


