Tribunal criticó duramente el trabajo de la Fiscalía en el Caso Pio Nono
Trabajó en un supermercado, fue taxista y tuvo que dejar sus estudios congelados debido a la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno.
A las 11:28 horas de este viernes, comenzó una nueva vida para Sebastián Zamora Soto, de 26 años. Tras cuatro años cumpliendo distintas medidas cautelares, el ex carabinero acusado de empujar a un adolescente por el Puente Pio Nono en 2020, salió del Centro de Justicia como un hombre libre. Minutos antes, con las manos tomadas a la altura del mentón y los codos apoyados sobre la mesa, Zamora escuchó atento el veredicto del juicio en su contra. Por unanimidad, el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago lo absolvió de los delitos de homicidio frustrado y de apremios ilegítimos que le imputó la Fiscalía Centro Norte, tras una larga investigación liderada por los fiscales Ximena Chong y Marcelo Carrasco. Los aplausos, en una sala repleta, fueron ensordecedores.
El ex uniformado arriesgaba una pena de ocho años de cárcel por el hecho ocurrido el 2 de octubre en medio de los desórdenes que se vivieron posterior al estallido social. La víctima, un manifestante de 16 años, cayó de una altura de 7,4 metros resultando con sus dos muñecas fracturadas y otras lesiones.
«Estoy muy emocionado, con la conciencia limpia. Siempre sostuve que era inocente», dijo Zamora mientras abrazaba a su padre, hermana y a otros miembros de la familia.
Su padre, Michel Zamora, relata lo mal que lo pasó Sebastián durante los cuatro años previos al juicio. «Le afectó profundamente su vida, tuvo que ir a terapia sicológica. Lo que más le complicó fue no poder hacer una vida normal y no poder estar en Carabineros, pero sabía que era un proceso que tenía que pasar. Nunca bajó los brazos».
Zamora padre agrega que durante este periodo su hijo se tituló de técnico en administración pública. «Y después se puso a estudiar ingeniería en un instituto técnico profesional, pero tuvo que congelar porque estaba con arresto nocturno.
Trabajó en un supermercado, de taxista, en lo que fuera, es un cabro muy aperrado, y ahora trabaja con la diputada Chiara Barchiesi (Partido Republicano)».
«Sebastián es muy valiente. La fiscalía le ofreció en dos oportunidades una salida alternativa, pero él dijo que no, que iba a ir a juicio con el riesgo que eso implicaba porque estaba convencido de su inocencia. Sólo sé que quiere volver a Carabineros. Él salió de las filas por un tema administrativo en un momento de mucha presión política. Hoy eso se podría revertir».
Alejandro Peña, abogado defensor, comentó que fueron cuatro años de «una eterna pelea». «Los antecedentes que exculpaban la responsabilidad penal a Sebastián estuvieron siempre a disposición de la carpeta investigativa. Afortunadamente los jueces pudieron apreciar que nunca jamás él quiso hacerle daño al joven sino que cumplir con el deber de Carabineros, que frente a un delito flagrante hay que proceder en el lugar donde se encuentra».
No acreditados
La jueza Patricia Brundl explicó que la absolución se basó principalmente en que el tribunal no se formó la convicción de que los hechos contenidos en la acusación fueron acreditados. La imputación de que Zamora se abalanzó en diagonal en contra del adolescente tomándolo por sus brazos y luego lanzándolo por el río Mapocho no se logró acreditar con la prueba rendida por la fiscalía. «Incluso surgieron durante el juicio diversas versiones que daban cuenta de otras dinámicas».
El veredicto destacó que hubo muchos relatos contradictorios, entre ellos, de médicos, testigos y peritos. Incluso, se manifestó sobre la poca claridad en el relato de la víctima. «No existe claridad en cuanto a cuáles serían las lesiones vitales que de no haber mediado socorro oportuno, Anthony (víctima) hubiere fallecido, que es lo que implica estar en presencia de un homicidio frustrado», sostiene el veredicto.
«Son tantas las versiones que se han conocido en el juicio sobre lo ocurrido que ni siquiera los acusadores en los alegatos de clausura han podido precisarla, limitándose a usar conceptos generales, con lo cual no se hacen cargo de la acusación que ellos mismos sometieron a conocimiento de este Tribunal», agrega el documento.


