Fuga del sicario: imputan a jueza Irene Rodríguez por negligencia grave

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La suspendida titular del Octavo Juzgado de Garantía declaró en la Fiscalía Occidente

El ministerio público la investiga por el cargo de prevaricación culposa.Abogado dice que la Corte Suprema la puede expulsar del Poder Judicial.

La suspendida jueza Irene Rodríguez, del Octavo Juzgado de Garantía, declaró este miércoles en dependencias de la Fiscalía Metropolitana Occidente como imputada de prevaricación culposa, es decir, una negligencia grave     que derivó en la liberación del sicario implicado en el caso del asesinato de José Felipe Reyes Ossa, conocido como el Rey de Meiggs.
Fuentes de la investigación confirmaron la diligencia que se realizó en oficinas del ministerio público ante el fiscal Marcos Pastén, sin entregar mayores detalles, aunque los cargos incluyen que habría cometido negligencia grave o ignorancia inexcusable en la libertad del venezolano Alberto Carlos Mejía Hermández, presumiblemente ya fuera del país.
La suspendida jueza Rodríguez participó en una comedia de equivocaciones, luego que emitiera tres oficios, después de la formalización. El primero, con el nombre falso de Osman Ferrer en lugar de Alberto Mejía, en que se decretaba la prisión preventiva. Un segundo que anulaba la decisión por la identidad errónea. Y el tercero, con el nombre correcto, que confirmaba la prisión preventiva.
Pero los documentos no habrían llegado en ese orden a Gendarmería, lo que es parte de la investigación. Fue esa brecha del segundo documento en que el sicario fue puesto en libertad, incluso se retiró junto con dos hombres por la calle desde el lugar de reclusión.
 
Negligencia grave
Octavio Sufán, magíster en derecho procesal, explica que la figura que se le busca aplicar a Irene Rodríguez es la de prevaricación culposa.
«La prevaricación, en general, es la torcida aplicación de justicia. Se habla de prevaricación o de prevaricato. Puede ser intencional o dolosa o puede ser culposa. Cuando es culposa dice relación con que  esa torcida aplicación de justicia se hace por una infracción de reglamento o por una negligencia inexcusable», explica.
El abogado precisa que, en el caso específico de la jueza Rodríguez, «puede haber dictado muy probablemente una resolución de libertad con una negligencia que pareciera ser inexcusable porque antes había decretado la prisión preventiva y, por una razón que todavía nadie logra entender, dicta este decreto de libertad de manera negligente para corregir un error de tipeo de nombre, que no era lo que correspondía».
Que ella haya declarado como imputada, ¿significa que ya está formalizada?
«No. Hay dos investigaciones en este caso. Una penal y una administrativa. La penal la lleva el ministerio público y en ella no está formalizada. Pero la calidad de imputada se tiene desde que se sigue la investigación en contra de alguien. En este caso, la investigación se orienta hacia ella y hacia otros funcionarios y, por ende, desde ese instante tienen la calidad de imputados».
El jurista agrega que la investigación administrativa la lleva el Poder Judicial para perseguir su responsabilidad disciplinaria a través de una fiscal judicial, que la suspendió y donde la Corte de Apelaciones hasta podría proponer a la Corte Suprema abrir un cuaderno de remoción  y ser expulsada.
Caso mediático
Marcelo Abujiar Ferrer, abogado de Estudio Legal SM, explica que la prevaricación culposa es simplemente cuando hay «una negligencia o una ignorancia inexcusable en el ejercicio del cargo que, en este caso, es una juez».
«El Código Penal, en el artículo 225, no sé en qué numeral la declararon a ella, pero debe ser el número 4, señala que se incurre en prevaricación, en carácter de  culposo, porque no hay una intención, una malicia en el acto, sino que una negligencia, cuando se omite decretar la prisión de una persona o habiendo motivo legal para hacerlo, no se llevara a efecto pudiendo hacerlo», dice.
El jurista asegura que, en el caso de la acusación a la suspendida jueza Irene Rodríguez, «se le acusa por un actuar negligente, que no tiene excusa alguna por la gravedad, en que ella no ejecutó la orden de detención, aunque la había».
Le tocó justo en un caso tan mediático.
«Es muy probable de que, porque el caso es mediático, esté en estas circunstancias. La prevaricación es bastante compleja de configurar, sobre todo en el carácter de culposo, porque hay que entender que los jueces fallan conforme a Derecho y puede haber distintas opiniones a la hora de interpretar, pero en este caso se acusa que, existiendo órdenes, no se hayan diligenciado de la manera correcta, lo que desembocó en que una persona de alta peligrosidad se encuentre libre».

Respecto de que ella se ha defendido públicamente a través de la prensa, el abogado Marcelo Abujiar asegura que eso es inusual y que «hay que entender que la jueza Rodríguez no ha hecho su carrera en el área penal, ella viene de los Juzgados de Familia de San Miguel».

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