Los vecinos atrasados deben hacer fila junto a las visitas y los proveedores para acceder
En el complejo de 220 casas, en la zona de Chicureo, hay una morosidad de casi $50.000.000, explica el encargado de lascuentas.
Cansados de arrastrar millonarias deudas, los copropietarios de una comunidad ubicada en Chicureo compuesta por 220 parcelas decidieron bloquear el ingreso vehicular automatizado a todos los vecinos que adeuden más de tres meses de gastos comunes.
Si bien la ley permite a los condominios cortar la luz, internet o el sistema de calefacción cuando hay una deuda de ese plazo, en este caso se decidió suspender el acceso automatizado de ingreso, que funciona con un lector de patentes que levanta la barrera, dado que no cuentan con sistemas de control de corte para estos servicios. Para entrar, deben pasar por el control manual que hacen los conserjes a todas las visitas y a los servicios que llegan al condominio, y que implica registrarse en el libro de ingresos.
Tomás Hudson, administrador de este complejo, cuenta que la cuota mensual aproximada es de $150.000 y que las cuentas de la comunidad acumulan un déficit de casi $50.000.000 por gastos comunes impagos.
Dos propietarios que arrastran una morosidad millonaria. Una es de una persona que compró un terreno como inversión hace diez años y no ha construido casa. Debe $11.000.000 entre gastos comunes y multas por atraso.
«Él se excusa diciendo de que una vez que venda el terreno se hará cargo de la deuda», cuenta Hudson.
La otra es de una mujer separada que debe unos $10.000.000.
«El exmarido le dejó la casa, pero la idea era que ella se hiciera cargo de pagar el gasto común, cosa que no ha hecho. Dice que no tiene la plata para pagar. Tomé el condominio hace dos años y ya tenía una deuda de $7.000.000», detalla.
Hudson dice que estas personas van generando intereses por deudas impagas.
«Por ejemplo, si el gasto común es de $100.000, al mes siguiente la deuda le quedará en $105.000 y así. Si debe $11.000.000, en intereses puede tener acumulado unos cuatro o cinco millones. Es una bola de nieve», señala.
¿La medida de bloquearles el acceso es para que se pongan al día?
«Los condominios funcionan según lo que establezca el reglamento de copropiedad o por los acuerdos que se definan en asambleas. Legalmente, después de tres meses se puede cortar la luz. Pero también podemos suspender otro tipo de servicios. Y en este caso, por acuerdo de la asamblea, se decidió cortar el servicio de acceso. Entonces, en vez de entrar como propietario, la persona debe ingresar por el acceso de visitas. Si no paga los gastos comunes, también está dejando de pagar el servicio de portería, por eso se hace así».
¿Cómo ha funcionado?
«Ha sido una medida bastante efectiva. Las personas deben hacer una fila larga de autos todos los días en el acceso de visitas, sobre todo después de las 18 horas. Nadie quiere esperar tanto tiempo».
¿Qué otras acciones han emprendido contra los morosos?
«Hace dos semanas partimos con un proceso judicial contra diez sitios, todos con deudas por encima de $2.000.000. Estamos recién en el proceso de notificaciones judiciales».
¿Cuáles son los mayores inconvenientes que tienen con las deudas?
«Como es un condominio grande, no hay tanto problema. Los otros 210 subsidian ese gasto mensual. Pero como dejas de percibir esos ingresos, tampoco se puede pensar en mejoras para el condominio. En comunidades más chicas sí afectan».
¿Y la posibilidad de hacer convenios de pago?
«Si la persona accede a un convenio, evita una cobranza judicial o que se le bloquee el ingreso. También podemos negociar una parte de la deuda. Si debe $11.000.000 ($5.000.000 son de interés) y tiene $9.000.000 disponibles, cerramos con eso».
Controversia
El abogado Juan Pablo Vargas, fundador de Armis, cree que la decisión de bloquear el acceso automatizado es ilegítima al uso y goce de la propiedad, derecho que está consagrado en la Constitución.
Según su visión, esta medida constituye una discriminación arbitraria que contraviene al artículo 17 de la Ley de Copropiedad, que establece que el comité de administración puede dictar normas para facilitar el uso del condominio solo en la medida en que no impliquen una discriminación arbitraria respecto de cualquiera de sus ocupantes.
«Crear un sistema diferenciado de acceso basado en la morosidad excede claramente a esta limitación legal», opina.
Es una medida que les ha dado resultados…
«Muchas veces hay cosas que parecen lógicas, pero no son necesariamente legales, por eso las comunidades deben asesorarse. El único mecanismo legal ante estas situaciones es la cobranza judicial. Por esta vía pueden obtener embargos o incluso el remate del inmueble para deudas significativas. Pero siempre mediante resolución judicial y sin afectar derechos fundamentales ni realizar actos discriminatorios».
Claudia Poblete, abogada de la plataforma Comunidad Feliz, tiene una mirada distinta.
«El acceso a la comunidad lo tienen: no se restringe como tal», observa.


