Tras once años de investigaciones se cerró el emblemático caso de supuesto financiamiento ilegal de la política
El exministro de Sebastián Piñera Pablo Longueira, el presidencial Marco Enríquez y el exgerente de la minera Patricio Contesse, resultaron absueltos.
Todos absueltos. Tras once años de investigaciones llegó a su fin el caso SQM, el más emblemático en relación al presunto financiamiento ilegal de la política, que salpicó a dirigentes de distinto color político, los más conocidos, el exsenador de la UDI Pablo Longueira y el actual candidato presidencial independiente Marco Enríquez Ominami, quien llegó a escuchar el veredicto en el Centro de Justicia acompañado de más de una docena de personas ondeando banderas chilenas. En la judicatura chilena, ser absuelto es distinto de ser inocente. Ser absuelto significa que el tribunal dictó una sentencia que libera de responsabilidad penal al acusado respecto de los cargos imputados. No implica que la persona sea inocente en términos absolutos, sino que puede haberse absuelto por insuficiencia de pruebas para condenar más allá de toda duda razonable. Esto, precisamente, es lo que pasó en el caso Soquimich.
La investigación se inició en 2014 como una arista del caso Penta, tras una declaración de la secretaria del exsubsecretario de Minería de Sebastián Piñera, Pablo Wagner, quien apuntó a la minera no metálica por la supuesta emisión de facturas ideológicamente falsas destinadas a financiar campañas políticas. Al año siguiente fue formalizado el entonces gerente general de SQM Patricio Contesse. Recién en febrero de 2023 se inició el juicio por cohecho, soborno y delitos tributarios contra Contesse, Longueira, MEO y otros cinco imputados. 982 días, 560 jornadas de juicio y más de 200 testigos después, este martes, se conoció el veredicto. La magistrada María Teresa Barrientos leyó el veredicto absolutorio (en un fallo dividido, dos jueces a favor y uno en contra) que en lo medular contiene graves cuestionamientos al trabajo investigativo de la Fiscalía Regional de Valparaíso, que llevó adelante el caso. También se puso en duda la labor de los querellantes: el Servicio de Impuestos Internos (SII), el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y la Fundación Ciudadano Inteligente. Acá las razones por las cuales fueron absueltos todos los imputados:
«Árbol envenenado». Una de las principales falencias según la magistrada apuntó a la forma en cómo se obtuvieron parte de las pruebas por parte de la Fiscalía, en ciertos casos de forma ilegal. Para este efecto la sentencia describe la teoría del «árbol envenado», explicado por la propia jueza, como la doctrina en derecho que dice que su fuente o «árbol», de donde procede la evidencia obtenida originalmente está «contaminada (prueba obtenida de forma ilegal)», entonces el «fruto de ese árbol (las pruebas sucesivas)», están igualmente «contaminadas». Lo anterior se refiere a un correo enviado en 2015 por una funcionaria de la PDI al abogado de uno de los imputados con el fin de obtener acceso a cuentas de correo electrónico porque no había autorización voluntaria para ello. La fiscalía luego trató de conseguir la autorización legal a esa acción, después que ya había obtenido la información, «acción que dota un obrar tendiendo a sanear o purgar el vicio de información ya obtenida sin contar con la autorización debida, vulnerándose el derecho a la intimidad e inviolabilidad de toda forma de comunicación privada».
Extensa investigación. La magistrada argumentó que «tanta ha sido la dilación en la resolución de la causa, que las penas requeridas estarían prácticamente cumplidas». Y añadió: «La extensión temporal de la investigación y el procedimiento en sí mismos hasta la obtención de la sentencia firme y ejecutoriada, ha lesionado seriamente la situación jurídica de todos los acusados y acusadas, quienes estuvieron sujetos por largo tiempo a medidas cautelares privativas y restrictivas de su libertad personal».
Deterioro de la calidad de la prueba. Otro aspecto relevante del veredicto destacado por la magistrada es el menoscabo en la capacidad de defensa provocado por lo extenso del periodo de investigación, «argumento esgrimido principalmente por las defensas del señor Patricio Contesse y Pablo Longueira. Considerando la muerte de varios testigos relevantes para su teoría (de defensa), aportándose trece certificados de defunción de testigos».
Menoscabo en la capacidad de defensa. El veredicto habla de falta de prolijidad. «En este caso se ofrecieron por el persecutor más de 14 mil documentos, sorprendiendo que varios de los instrumentos ofrecidos se encontraban repetidos o contenidos de manera más genérica en los distintos medios de prueba. Lo anterior reveló un actuar poco prolijo y diligente del ente persecutor al ofrecer rendir la prueba, generándose diversos incidentes por este motivo durante el juicio, con la consecuente demora, en caso alguno atribuirle a las defensas».
Boletas ideológicamente falsas. El caso SQM hizo explotar mediáticamente el concepto de boletas ideológicamente falsas, emitidas por servicios supuestamente prestados pero con platas que iban a campañas políticas. La magistrada fue clara en su lectura del veredicto. «Con la prueba rendida no se acreditó, más allá de toda duda razonable, la falsedad ideológica de las boletas de honorarios y facturas. Carecen de idoneidad probatoria las declaraciones de fiscalizadores del Servicio de Impuestos Internos que, amparados por la Fiscalía, reprodujeron declaraciones leídas de la carpeta de investigación respecto de contribuyentes que no comparecieron a declarar».