El 31 de diciembre último el rector de la Universidad Diego Portales (UDP), Carlos Peña, presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago. Dirigido contra el Consejo Nacional de Educación (CNED), buscaba aumentar la acreditación de la universidad: en vez de los seis años que le dio la Comisión Nacional de Acreditación (CNA), el rector señalaba que existían argumentos para otorgarle siete años, el máximo del sistema.
La universidad ya había presentado antes un recurso de reposición ante la CNA para que revisara su decisión, que fue desestimado. Luego recurrió ante el CNED, donde tampoco lo acogieron a trámite. Después de eso pasaron a los tribunales.
La discusión jurídica se concentra en que la ley no es clara respecto a si una institución puede apelar al CNED por los años de acreditación que recibe. La controversia se desata sobre los alcances del artículo 23 de la ley N°20.129, que abarca ese tema.
La postura de Luz María Budge, presidenta del CNED, es que legalmente ese organismo no tiene facultades para resolver apelaciones por años de acreditación institucional. «Existen varios casos en que instituciones de educación superior han recurrido judicialmente en contra del CNED por haberse declarado no competente», señala.
Por ejemplo, la U. Autónoma, la U. Central y la U. Alberto Hurtado, entre otros planteles, recurrieron a los juzgados y, tras pasar por la Corte Suprema, sus argumentos fueron acogidos y lograron subir su acreditación a cinco años. En resumen, los tribunales no tienen la facultad de aumentar el número de años acreditados, sino que lo que pueden hacer es ordenar al CNED que acoja a trámite la apelación de la universidad y revise nuevamente los antecedentes para acreditarla.

«Si bien hay una tendencia a favor de las instituciones, varias sentencias han declarado que no tenemos esa facultad. Además, la Contraloría General de la República -cuya jurisprudencia es obligatoria para los organismos públicos- ha señalado explícitamente que el CNED no es superior jerárquico de la CNA y que no está facultado para conocer un recurso de apelación cuando éste sea interpuesto para impugnar el número de años por los que se concedió la acreditación institucional y que, para habilitarlo en tal sentido, se requeriría de un cambio legislativo», afirma Luz María Budge.
Efectos económicos
Consultada, la UDP en un comunicado destaca que fue acreditada por «seis años en nivel de excelencia, situándose así entre las universidades que han recibido las más altas calificaciones. El recurso que ha interpuesto no tiene por objeto reclamar de la calificación, que es alta, sino dilucidar una cuestión de gran interés público: si la CNA decide en única instancia o si existe la posibilidad de apelar».
Entre los argumentos del escrito presentado por el rector Peña señala que la decisión del CNED «vulnera la igualdad ante la ley» y «el derecho de la libertad de enseñanza». Además, menciona efectos patrimoniales. «A una institución como la Universidad Diego Portales, que en el año 2023 contaba con 16.870 alumnos matriculados, de los cuales un 56% se encuentran adscritos a gratuidad, no le es neutral que, al obtener una acreditación de 7 años, el factor de reajuste para el cálculo del arancel regulado para el financiamiento de gratuidad sea de un 12%, en lugar del 6%, como ocurre en la hipótesis de una acreditación de 6 años», afirma en el texto.
Esta relación entre el número de años acreditados y la entrega de recursos económicos es una singularidad del sistema educativo chileno, advierte Sergio Celis, académico de la Universidad de Chile e investigador en educación superior: «En general, en el mundo hay una acreditación de un cierto nivel que te permite funcionar, pero no está conectado a múltiples sistemas de financimiento e incentivos».
Por ejemplo, al tener el máximo de acreditación -que son siete años y lo consiguen algunas universidades (ver tabla)- se puede acceder a mayores niveles de arancel que se pagan por cada estudiante que ingresa vía gratuidad.
«Los aranceles se regulan cuando las instituciones acceden a gratuidad, entonces si uno tiene siete años puede cobrar aranceles más altos que si tiene seis años. Todas las instituciones buscan llegar a más acreditación, porque eso les va a permitir mayores aranceles y otros financiamientos de mayor tamaño. Por eso la acreditación se vuelve tan importante para las instituciones», explica.
En opinión del académico, este link entre calidad y recursos es un punto que se debería revisar. «Genera demasiada tensión para un sistema de aseguramiento de la calidad que no está pensado para eso», advierte. «Para las instituciones hay mucha presión, para quienes las evalúan hay mucha presión y para el sistema, que tiene que decidir, es muy complejo y poco sostenible».
En el portal del Poder Judicial se registra que el 3 de enero la Primera Sala de la Corte de Apelaciones declaró inadmisible el recurso de protección interpuesto por el rector Peña. Posteriormente, el 6 de enero, se presentó un recurso de reposición para continuar con la causa.