Senador Montes: «Habrá fuerte sanción al lucro, pero dependerá de cada caso»

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Autor de la Foto: Abraham Márquez
Título/Pie de foto: El senador Carlos Montes explicó el fin de la selección.


Se enviaron 200 indicaciones al proyecto de reforma educacional

Senadores de la Nueva Mayoría proponen tres tipos de sanciones para la apropiación indebida: administrativa, civil y penal.

Patricia Rey

Los senadores de la Nueva Mayoría, de las comisiones unidas de Educación y Hacienda, junto con el ministro de Educación Nicolás Eyzaguirre acordaron cerca de 200 indicaciones al proyecto que regula la selección, copago y lucro en la educación.

El senador socialista Carlos Montes, integrante de la comisión de Hacienda, explica algunos de los puntos más importantes.

Lucro

Proponen tres tipos de responsabilidades para sancionar la apropiación de excedentes de los recursos que provee el Estado: administrativa, civil y penal. «Quien saca parte del excedente dolosamente tiene que devolver la plata, más una sanción del 50 por ciento de lo que sacó. Esa es responsabilidad administrativa», explica Montes.

La responsabilidad civil será determinada por el daño que el sostenedor causó a la comunidad educativa y, por último, la responsabilidad penal podría tener penas de cárcel. Un ejemplo son las declaraciones maliciosas.

«Hasta ahora, una vez que el sostenedor recibe la plata, eso es parte de su patrimonio. Lo nuevo es que los recursos son públicos, los toma el sostenedor y siguen siendo públicos para fines educacionales, y si él los desvía o hay una apropiación indebida, puede ser falta o delito, dependiendo de la característica de cada caso», acota el senador.

Otro punto es que los colegios deben llevar contabilidad completa, y hacer una declaración jurada ante el Servicio de Impuestos Internos sobre varias materias, incluidos los excedentes. Si la declaración es falsa, pasa a ser delito tributario y podría incluir cárcel.Y ejemplifica: «Si compra con los excedentes una camioneta para fines personales, eso tiene una sanción muy fuerte. La declaración jurada maliciosa es delito tributario y, por lo tanto, penal. Habrá fuerte sanción al lucro, pero dependerá de cada caso».

Arriendos

Quedó establecido que, para fines de 2017, todos los colegios deben ser corporaciones sin fines de lucro. Pero los establecimientos de menos de 400 alumnos tendrán ahora 6 años (antes eran tres) para pasar a ser colegios sin fines de lucro y trasladar las propiedades (terreno o infraestructura) a este sistema. «Podrán seguir arrendando a los relacionados (por ejemplo, si el sostenedor es dueño del terreno o la infraestructura) por seis años más».

Selección

La norma general es que no haya selección. Si un colegio tiene mucha demanda, se mantiene el sistema aleatorio para matricular. Hay dos excepciones: «Los colegios, como el Instituto Nacional, tienen cinco años para dejar de seleccionar, y se agregó que si el establecimiento tiene un proyecto educativo tal, que pueda solicitar un permiso especial al Ministerio de Educación y al Consejo Nacional de Educación para que permita seleccionar al 30 por ciento de sus alumnos. Esto se sacó del modelo español», dice el senador Montes.

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