El abogado imputado en el caso Audios estuvo 11 días en su casa de calle Espoz
Soborno, cohecho, lavado de activos y delitos tributarios: los delitos que lo convierten, según el tribunal, en un imputado peligroso.
Tras una intensa audiencia, el tribunal resolvió revocar el arresto domiciliario total del abogado penalista Luis Hermosilla, ordenando su retorno inmediato al Anexo Penitenciario Capitán Yáber. Con esta determinación, se pone fin a once días de libertad restringida en su hogar y se reinstaura la prisión preventiva que había marcado su situación desde el 27 de agosto de 2024, lo que hace acumular 217 días bajo medidas cautelares.
«Se configuran elementos suficientes para estimar que la libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y, por ende, la medida cautelar que resulta, por ahora, proporcional en tanto necesaria y adecuada es la de prisión preventiva», justificó el juez Guillermo de la Barra sobre la resolución. La decisión responde a la apelación interpuesta el 26 de marzo por la Fiscalía Metropolitana Oriente y diputados socialistas como Daniela Cicardinni y Daniel Manouchehri, quienes sostienen que Hermosilla sigue siendo un «peligro para la sociedad», ya que el abogado enfrenta cargos por soborno, cohecho, lavado de activos y delitos tributarios, tras la filtración de audios en noviembre de 2023 que lo vinculan a pagos ilegales a funcionarios del Servicio de Impuestos Internos (SII) y la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
Los jueces
En la Primera Sala, integrada por el abogado Antonio Luna y los ministros Guillermo de la Barra y Fernando Valderrama, escuchó los alegatos que se extendieron por más de dos horas. En las dos ocasiones anteriores, la audiencia se llevó a cabo en la Undécima Sala; sin embargo, debido a la unificación de la causa entre Factop y el caso Audios y los avances que ha tenido la investigación, se decidió cambiar el lugar de la audiencia para esta ocasión. La defensa de Hermosilla ha sostenido en todas las instancias en que no hay nuevos antecedentes; sin embargo, ahora tuvo un nuevo revés. «Hermosilla vuelve a la cárcel. Nosotros, como querellantes, y la fiscalía, presentamos un recurso de apelación, que ha sido aceptado. Su libertad era una provocación, un insulto a la justicia y al país», dice el diputado Daniel Manouchehri consultado sobre la medida cautelar. «Un hombre que corrompe fiscales, manipula jueces y blinda a corruptos, no puede caminar libre como si nada. Era un riesgo para la investigación y una amenaza para la democracia. Y que lo tengan claro: esto recién empieza», advierte.
Defensa
Juan Pablo Hermosilla, el defensor de su hermano, intuía lo que podría ocurrir, ya que manifestaba estar pesimista con lo que ocurriría. «Es probable que nos vaya mal si se siguen los criterios tradicionales, pero tenemos esperanza», señaló, ya que para el «hay una tendencia (…) de suerte de populismo procesal penal: se filtran cosas a los medios de comunicación, se generan escándalos; a partir de esos escándalos, el Ministerio Público, en vez de empujar las causas de ir a juicio, lo que hace es empujar la prisión preventiva en un momento en que uno no se puede defender», inquirió. «Nosotros no tenemos posibilidades de contrainterrogar testigos, de discutir las cosas, y entonces un momento de máxima fragilidad para las defensas, y el Ministerio Público aprovecha en ese momento para pedir las prisiones preventivas montadas sobre estos escándalos», agregó el abogado.
Caso Audios
El caso Audios estalló cuando «Ciper» reveló conversaciones grabadas en las que Hermosilla discutía pagos a funcionarios públicos para obtener favores. Desde entonces, su situación judicial ha sido un vaivén de medidas cautelares: prisión preventiva confirmada en diciembre de 2024 y enero de 2025 por la Corte de Apelaciones, un rechazo a su sobreseimiento en febrero por tráfico de influencias en la arista Parque Capital. Hasta este lunes lleva 217 días bajo medidas cautelares, entre prisión preventiva y arresto domiciliario.
¿Peligroso?
Sobre por qué se consideró que Hermosilla era un peligro para la sociedad, Rodrigo Guerra, académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes, dice que para dictar una medida de prisión preventiva siempre es importante considerar que hay antecedentes calificados que permitan acreditar la existencia del delito, antecedentes calificados en la carpeta de investigación del fiscal «que permiten presumir fundadamente que el imputado participó como autor cómplice o encubridor en la comisión de un determinado hecho delictivo y finalmente la necesidad de cautela», y eso, «contempla el peligro para la sociedad y también otras formas de peligro que son necesarios que concurran para que uno pueda dictar una medida de la entidad de la prisión preventiva. Pues bien, no es la regla general y uno puede apelar la medida de prisión preventiva cuantas veces se estime pertinente, pero siempre es importante tener nuevos hechos o nuevos antecedentes que permitan cuestionar dicha medida», explica.
La calificación de «peligro para la seguridad de la sociedad», explica el abogado penalista José Pablo Gómez, se refiere a la gravedad del hecho. «La gravedad de la pena asignada al delito, el número de delitos que se le imputare y el carácter de los mismos, la existencia de procesos pendientes, y el hecho de haber actuado en grupo o pandilla o formando parte de una organización o asociación», menciona. «En ese sentido, si el tribunal o la Corte, da por establecidos uno de esos criterios, podemos hablar de que el imputado es un peligro para la seguridad de la sociedad», afirma.


