Operación Renta: 1,2 millones de declaraciones en una semana

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Se cumplió el plazo para el primer plazo de devolución

Defensoría del Contribuyente aborda causas que podrían frenar que el trámite se concrete en forma expedíta.

Este martes 8 de abril venció el primer plazo para declarar los impuestos en la Operación Renta 2025 que daba el derecho a recibir la devolución, si correspondiera, el 25 de abril en la cuenta bancaria. Si no lo hizo en esta fecha aún tiene tiempo de hacer el trámite hasta el 9 de mayo sin pagar multas.
En la primera semana de este tradicional trámite tributario, el Servicio de Impuestos Internos (SII) recibió un total de 1.219.827 declaraciones, lo que representa un 25% del total de declaraciones esperadas para este año. El monto de devoluciones solicitadas en las declaraciones recibidas en este lapso llegó a $427.052.171.919.
El calendario de las declaraciones con derecho a reembolso sigue de la siguiente forma tras cumplirse el primer plazo de realizar la operación hasta el 8 de abril. Los contribuyentes que hagan la declaración entre el 9 y 21 de abril recibirán su depósito el miércoles 14 de mayo; los que lo efectúen entre 22 y 28 de abril, tendrán el dinero en su cuenta el 23 de mayo y los que efectúen el trámite entre el 29 de abril y 9 de mayo obtendrán su depósito el 30 de mayo.
Para los contribuyentes que pidan la devolución con cheque, se empezarán a repartir los fondos desde el 30 de mayo.
El SII informó que si el monto del reembolso es superior a 3 millones de pesos, el documento se enviará al domicilio y si es menor el cheque quedará disponible para pago en las cajas de BancoEstado.
Para este año se espera que declaren el Impuesto a la Renta 4.800.000 contribuyentes, de los cuales 3.800.000 contarán con una propuesta de declaración elaborada por el SII.
La subdirectora de Fiscalización del SII, Carolina Saravia, recalcó el llamado a los contribuyentes «a revisar la información contenida en la propuesta que hemos elaborado para que, en el caso de detectar alguna diferencia, puedan contactar a sus agentes retenedores para que corrijan la información y recibir su devolución sin problemas».
¿Qué pasa si no se recibe la devolución en la fecha indicada? El defensor nacional del Contribuyente, Ricardo Pizarro, recordó que en los casos que la o el contribuyente tenga deudas fiscales morosas u otro tipo de retención, como pensión alimenticia y CAE, se realizará una compensación de ese compromiso. Este monto podría coincidir o superar el monto de la devolución correspondiente y en dichos casos, la o el contribuyente no recibirá pago.
Agregó que en los casos que sí hay montos de devolución y no se debe realizar una compensación, los retrasos se pueden deber a que el SII objetó el Formulario 22 e hizo alguna observación. Si esto es así, el contribuyente tendrá que revisar su declaración y las observaciones que pudo haberle efectuado la autoridad fiscal.
«Las y los contribuyentes pueden conocer y analizar qué observaciones tiene consultando el estado de su declaración en el menú de Declaración de Renta en el sitio del Servicio de Impuestos Internos. Cada observación se identifica con una letra y un número que al pincharlas podrán saber de qué se trata y cómo corregirlas. Es importante destacar que las rectificaciones deben realizarse dentro de los plazos establecidos para evitar multas o sanciones», advirtió Pizarro.

Además, acotó, que en caso de que el contribuyente no esté de acuerdo con las observaciones, puede acudir al SII para aclarar la situación. De no obtener respuesta o si considera que se están vulnerando sus derechos tributarios, puede comunicarse con la Defensoría del Contribuyente a través de la página del organismo (https://n9.cl/nm2vx) para analizar su caso y entablar gratuitamente las acciones pertinentes ante el SII si es necesario, ya sea a través de la vía administrativa o judicial.

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