Eduardo López vive en un cuarto piso y teme que suceda un accidente
Abogados explican que la cara externa de la terraza es un bien común del edificio, por lo cual la reparación la paga la comunidad. Si no responden, aconsejan acudir al Juzgado de Policía Local.
«Hace un año y medio me di cuenta de que la grieta pequeña que tenía el muro externo del balcón se empezó a agrandar, y ahora ya tiene un poco más de un metro y está toda trizada», cuenta el periodista Eduardo López, que hace dos años y medio se fue a vivir a un departamento en el último piso de un edificio pequeño de cuatro pisos en la calle Marcoleta, en la comuna de Santiago.Le preocupa el estado de ese lugar porque siente que en cualquier momento parte de la estructura de concreto se va a caer y dañar a algún transeúnte. Apenas sale al balcón y sólo lo emplea para secar ropa.
«Me da miedo porque si alguien se lastima, ¿quién será el responsable? En el departamentos vivo con mi pareja y mi hijo de tres años, temo que la estructura se debilite tanto que podamos caer», dice el también director ejecutivo de la agencia Smartpress.cl.
López dice que entre el espacio de la reja que cerca el balcón y el piso con cerámica, se abrió un espacio «como el dedo pequeño de la mano» que creció en los últimos meses, dejando la reja en una posición endeble.
«Si usted mira el departamento por fuera, se ve el frontis del balcón entero trizado», afirma.
Cuenta que hizo las gestiones con la administración del edificio para que le repararan el espacio, pero se han negado: «Siempre me dicen lo mismo, que no hay plata». Por ahora los vecinos tienen por prioridad reparar el techo que registran filtraciones que afectan al propio López.
La ley
La abogada de la plataforma de administración Comunidad Feliz, Claudia Poblete, explica que la ley de copropiedad indica que la fachada de los balcones forma parte de los bienes comunes de un edificio, de la misma manera que lo son los cierres perimetrales, muros exteriores, piscina, ascensores, techumbres y otros lugares o estructuras del edificio.
«Las terrazas sirven de techo de un piso inferior, por tanto, son consideradas como bienes comunes», destaca.
¿Quién tiene que repararlo? Primero se recurre a la asamblea de vecinos, para estudiar la situación y el alcance del daño, según los mandate el reglamento de copropiedad del edificio. Pero según Poblete, «como hablamos de bienes comunes, la comunidad debe hacerse cargo. Otro caso distinto sería que el propietario provocara intencionalmente aquel daño».
¿Qué pasaría en ese caso, Claudia?
«En ese caso es la persona que causa el desperfecto el que debe hacerse responsable».
Coincide Rodrigo Cabrera, abogado y socio de CBC Abogados: «Si las trizaduras se encuentran hacia el interior de la terraza, la obligación de repararlas recae en el propietario. Mientras que si los desperfectos afectan la cara externa del balcón, como la fachada, el gasto debe asumirlo la comunidad porque afectan la estética y estructura del edificio».
Lo usual, dice, es que este tipo de gastos se asumen con los dineros del fondo de reserva o con cargo al gasto común bajo el concepto de gasto extraordinario.
«No es recomendable que un propietario asuma el gasto de reparación porque no le compete, y podría generar conflictos en la comunidad y dificultar el reembolso del gasto. En caso de inacción de la comunidad, el propietario puede recurrir al Juzgado de Policía Local para exigir el cumplimiento de las obligaciones del administrador y del comité», detalla.


