Texto enfrentará una crucial votación en la Cámara de Diputados el próximo martes
Algunos artículos pasaron sin cambios, pero hay otros en que se mantiene la pugna entre oficialismo y oposición, cuyos parlamentarios se alistan para ir al Tribunal Constitucional.
El próximo martes la Cámara de Diputados deberá pronunciarse en tercer trámite legislativo sobre el articulado de la mega reforma que impulsa La Moneda y que fue aprobado con estrechez en el Senado.
Como el devenir del proyecto ha modificado algunos artículos y conservado otros, acá va una breve guía en que se destacan los puntos más relevantes de la norma que vuelve a depender de las decisiones de los diputados, ya sea, para aprobarlo íntegramente o pasarlo a comisión mixta, sin contar la amenaza del Tribunal Constitucional.
1. Rebaja gradual del Impuesto de Primera Categoría para grandes empresas del 27% al 23%. El cronograma establece una reducción de 25,5% para el año 2027, 24% para 2028 y de 23% desde 2029 en adelante. Las tasas de este y del próximo año no se aplicarán a fundaciones, corporaciones y empresas estatales. Los contribuyentes, sobre todo las pymes, que realizan pagos por tratamientos de enfermedades catastróficas para sus trabajadores o sus familias directas tendrán derecho a un crédito de hasta 150 UTM por trabajador.
2. Exención de contribuciones para los bienes raíces de personas naturales mayores de 65, siempre que sean residencias habituales y que coincidan con los domicilios electorales registrados en el Servicio Electoral.
El propietario debe estar al día en el pago de las tarifas de aseo y del impuesto territorial correspondiente al año anterior en que se solicita la exención; y debe presentar una declaración jurada anual ante el SII, confirmando su voluntad de acogerse al beneficio.
Si el beneficiario fallece, la sucesión o la pareja sobreviviente pueden mantener el beneficio por 3 años; si el sobreviviente tiene 65 años o más y reside en la vivienda, la exención se mantiene vigente hasta su propio fallecimiento o la venta del inmueble.
La senadora Yasna Provoste (DC) anunció que presentará una reserva de constitucionalidad.
3. Restitución de gastos a las empresas cuyos proyectos hayan sido revocados en una resolución de calificación ambiental. La anulación debe fundamentarse en un error de la administración, como no haber solicitado información esencial al proponente o no haber cumplido trámites legales o reglamentarios durante la evaluación. Se consideran gastos directos, efectivos y no recuperables aquellos montos pagados por el titular que consten en antecedentes contables y documentales. Esos montos serán reajustados según la variación del IPC. No se considerarán gastos asociados a obras o faenas que hayan dado lugar a un daño ambiental declarado por sentencia de los tribunales ambientales. Los senadores Diego Ibáñez y Claudia Pascual hicieron reserva de constitucionalidad en este aspecto.
4. En cuanto a la invariabilidad tributaria, la propuesta establece que las condiciones impositivas se fijarán en 10 años para las inversiones de 50 millones de dólares, en 15 años a las de entre 50 y 350 millones de dólares y en 20 años para las inversiones superiores a esa cifra.
Se privilegiará proyectos mineros, industriales, forestales, de energía, infraestructura, telecomunicaciones, investigación, desarrollo tecnológico, médicos o científicos.
La invariabilidad se oficializa en un contrato por escritura pública entre los inversionistas y el Ministerio de Hacienda. Las empresas deben someter sus estados financieros a auditoría externa y presentarlos trimestral y anualmente ante la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
Este tópico también fue rechazado por la oposición, que se alista a incorporarlo en su presentación ante el Tribunal Constitucional para determinar su legalidad.
5. Los centros de cultivo de peces en las Regiones Los Lagos y Aysén podrán relocalizarse dentro de la misma región, pero se debe mantener el grupo de especies hidrobiológicas y la superficie total de la concesión autorizada. El titular debe renunciar a su concesión actual, que solo quedará a firme si se otorga la concesión de reemplazo; la nueva ubicación debe estar dentro de áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura y cumplir con la zonificación del borde costero; y toda relocalización debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y presentar un plan de abandono y cierre.
6. El plazo general para que las autoridades, de oficio o a petición de las partes, puedan invalidar actos administrativos contrarios a Derecho se reduce de dos a un año, contado desde la notificación o publicación del acto. Se establece un plazo aún más acotado, de seis meses, para la invalidación de los actos administrativos que otorguen autorizaciones sectoriales.
7. Faculta a la Dirección de Presupuesto para que acceda a datos del Ministerio de Desarrollo Social con el objetivo de optimizar el gasto público y la asignación de recursos. La entrega de información tiene como propósito analizar la focalización de los programas sociales, evaluar la eficiencia y la correcta asignación del gasto público, y proponer medidas de optimización presupuestaria.
8.Se establece el derecho al olvido en materia financiera. Esto implica que los responsables del tratamiento de datos económicos, financieros, bancarios o comerciales deben eliminar de sus registros, internos o de comunicación a terceros, la información de deudas impagas o extinguidas de personas naturales, cuando la deuda se hubiere hecho exigible o se hubiere extinguido, lo primero que ocurra, luego de cinco años contados desde la ley entre en vigor. Esto fue rechazado por el ministro Quiroz, quien iría al TC para que lo elimine.
En la misma condición están el impedimento de cobrar intereses sobre intereses; los ajustes para garantizar el pago a 30 días para las pymes; y la prohibición de cortar los servicios básicos por no pago en sectores siniestrados de Valparaíso, Ñuble y Biobío.


