Académicos analizan la destitución de 11 jueces por viajar fuera del país con licencia médica
La presidenta de la Corte Suprema, Ana Gloria Chevesich, explicó que la remoción se debió a mal comportamiento.
La frase «nadie está libre» nunca había tenido un alcance tan extendido hasta que la Contraloría General de la República emitió su famoso informe del 20 de mayo de 2025, cuando reveló que 25.078 funcionarios públicos salieron del país con licencia médica.
Profesores, funcionarios ministeriales, operarios de empresas públicas, médicos y tens y una larga retahíla de otros trabajadores del aparataje estatal fueron investigados, sumariados y, varios de ellos, destituidos. Pero en la lista figuraba además una clase especial de empleado público. Nada menos que aquellos que tienen por misión, paradójicamente, hacer cumplir la ley: los jueces.
En junio, el pleno de la Corte Suprema decidió abrir el cuaderno de remoción de 58 jueces que viajaron al extranjero con licencia médica. En el proceso, se les dio la oportunidad de presentar su hoja de vida funcionaria y la documentación que estimaran pertinente para defenderse. Además, tuvieron la posibilidad de alegar durante 30 minutos ante el pleno.
Largo debate
Las deliberaciones de la Suprema duraron días, hasta que la tarde del viernes llegó a un veredicto.
De los 58 jueces cuestionados, eso sí, la Corte Suprema no se pronunció sobre 11 de ellos (entre ellos el juez Daniel Urrutia), porque recurrieron al Tribunal Constitucional para impugnar las normas que sustentan su proceso de remoción.
El máximo tribunal tampoco se pronunció sobre otros diez casos porque, o eran relatores, o eran secretarios, o eran funcionarios judiciales o eran jueces suplentes y, por lo tanto, es la corte de apelaciones jurisdiccional de cada caso la que debe decidir la remoción, no el pleno.
Así las cosas, sumando y restando, la Corte Suprema decidió la suerte de 37 jueces. De ellos, 11 fueron removidos y 26 absueltos.
La presidenta del tribunal, Ana Gloria Chevesich, dijo que la remoción se decidió debido «al mal comportamiento» de los magistrados, tal como lo contempla el artículo 80 de la Constitución Política, «y tomando en cuenta también el principio de la proporcionalidad».
Para decidir la remoción, la votación debía alcanzar un mínimo de 11 votos de un total de 18 (la mayoría del pleno son 11 votos porque el número de integrantes de la Suprema es 21, aunque ahora solo hay 18 porque hay tres vacantes).
Como medida cautelar, los jueces removidos fueron suspendidos de sus funciones hasta que la sentencia esté ejecutoriada. El tribunal no entregó la identidad de los magistrados afectados.
Respecto a los jueces que recurrieron al Tribunal Constitucional, la jueza Chevesich dijo que se retomará lo del cuaderno de remoción, si corresponde, una vez que finalice el proceso en el Tribunal Constitucional.
Casos groseros
Para Felipe Lizama Allende, académico de Derecho Constitucional de la Usach, la decisión da a entender «que la Corte Suprema no puso a todos en la misma vara».
«No salvó a todos ni removió a todos, lo cual da a entender que hubo un análisis ponderado caso por caso», agrega. «Los jueces removidos debieron ser casos muy groseros, muy notorios, muy evidentes, muy palmarios, y no había otra posibilidad de acuerdo con el criterio que habían asentado».
Lamberto Cisternas explica que esto se debe a que «los ministros aprecian todos los antecedentes con libertad y luego votan y debe reunirse un quorum muy exigente, de modo que si no se logra esa mayoría o se produce empate no hay remoción».
La destitución de un juez, comenta Lizama, es algo muy significativo, por la función que cumple. «Los jueces tienen que cumplir ciertos deberes, no solamente de imparcialidad, sino que también dar el ejemplo por su función institucional. Ellos determinan el derecho aplicable a los particulares».


